Jueves 14 de marzo de 2024, p. 23
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer el tope máximo de 0.57 por ciento de comisión que hoy cobran las Afore a los trabajadores por administrar el ahorro para su retiro.
Con el voto en contra del ministro Luis María Aguilar, la segunda sala aprobó la propuesta de Yasmín Esquivel para negar un amparo a Afore Sura y mantener vigente el límite impuesto por el Congreso desde noviembre de 2020.
El hecho de que la norma reclamada introduzca aspectos ajenos al mercado, y que a partir de esa circunstancia exista una posibilidad de que se incida en su libre desarrollo, no es suficiente para considerar que es inconstitucional, pues las administradoras de fondos para el retiro no se desenvuelven en un mercado cuyo principal objetivo sea la libre competencia
, concluyó la SCJN.
De esta forma la sala rechazó los argumentos de un juez federal, quien en su momento determinó que el límite porcentual fijado es inconstitucional, decisión que fue impugnada por el Poder Ejecutivo y por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Los cargos que las Afore cobraban a los trabajadores por concepto de comisiones seguían siendo superiores a los observados en productos financieros equiparables, tanto en México como en otros países, circunstancia que incidía negativamente en los trabajadores
, expuso Esquivel.