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Se reconoce la verdad y sufrimiento de la victima: Abogado

Alves recibe sentencia de cuatro años y medio de cárcel por agresión sexual

Los magistrados le impusieron además el pago de una indemnización por 162 mil dólares

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▲ El brasileño, ex estrella del Barcelona, permanece detenido desde enero de 2023.Foto Afp
 
Periódico La Jornada
Viernes 23 de febrero de 2024, p. a10

Barcelona. El valor del consentimiento. Dani Alves, quien fuera el futbolista más laureado en la historia, ha pasado a ser protagonista de un cambio de paradigma en torno a la violencia de género. El ex lateral fue sentenciado a cuatro años y medio de cárcel por agredir sexualmente a una mujer en una discoteca en Barcelona.

El ex lateral de la selección de Brasil y del Barça fue sentenciado bajo una nueva ley en España, conocida como Sólo sí es sí, que enfatiza que toda interacción sexual sin el consentimiento de la otra persona será una agresión.

Los magistrados le impusieron además cinco años adicionales de libertad vigilada, orden de alejamiento de la víctima por nue-ve años y medio, así como el pago de una indemnización de 150 mil euros (162 mil dólares).

La ley Sólo sí es sí entró en vigor en 2022 en España con la intención de garantizar la libertad sexual y dar valor al consentimiento después del controversial caso de La Manada, aunque tuvo una modificación en abril de 2023 para establecer penas de seis a 12 años para los delitos de agresión sexual con violencia o intimidación.

No obstante, el caso de Alves se evaluó bajo la primera versión de esta ley, pues el ataque fue an-tes de la modificación a las normas legales, las cuales señalaban castigos que iban de cuatro a 12 años.

Si la condena al brasileño fue menor de lo esperado también se debe a que el tribunal aceptó un atenuante de reparación del daño, debido a que el jugador depositó 150 mil euros de indemnización que le serían entregados a la víctima con independencia del resultado del juicio.

Los magistrados dieron crédito a que la víctima no consintió (tener relaciones sexuales con Alves) y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la agresión, indicó el tribunal en un comunicado.

La víctima contó que Alves la agredió en el baño de una exclusiva discoteca de Barcelona en la madrugada del 31 de diciembre de 2022. El tribunal consideró probado que la mujer no había consentido la relación y que había evidencias, además del testimonio del acusado, de que había sido forzada.

Durante el juicio de tres días realizado a principios de mes, Alves negó haber agredido a la mujer, al indicar que todo había sido consensuado y él estaba ebrio. No soy ese tipo de hombre, aseguró.

La fiscalía pedía una pena de nueve años de prisión, mientras la acusación particular reclamaba 12. La defensa pedía su absolución o, en el caso de ser declarado culpable, una pena de un año y una indemnización de 50 mil euros (54 mil dólares) a la víctima.

Estamos satisfechos, porque es una condena que reconoce lo que hemos sabido siempre: la verdad de la víctima y el sufrimiento que ha habido, indicó David Sáenz, miembro del equipo legal de la mujer que presentó la denuncia.

No obstante, indicó que su equipo legal no está de acuerdo con la aplicación de las circunstancias atenuantes y que el dinero no compensa el daño que Alves hizo a su cliente. En el juicio, los médicos expertos testificaron que ella sufre de estrés postraumático.

Inés Guardiola, abogada de Alves, indicó que buscarán recurrir la sentencia y añadió que el ex futbolista está entero tras escuchar el veredicto en el tribunal.

El fallo no es fijo, por lo que futlista podría pedir en mayo ante el Tribunal Supremo un permiso penitenciario para salir de la cárcel debido a que ya ha cumplido un año, un mes y dos días en prisión. La Fiscalía dijo que estudiará el caso antes de considerar un posible recurso ante una instancia superior.

Ley Sólo sí es sí, clave

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, considera que esta conde-sna demuestra que la ley integral de libertad sexual, conocida como Sólo sí es sí funciona y que el consentimiento está en el centro.

Esta sentencia adquiere importancia en cuanto que perfila los límites del consentimiento. Habría sido impensable hace unas décadas, pues la justicia consideraba que al establecer un contacto social voluntario con el agresor este hecho presuponía consentimiento y por tanto se eximía de culpa en la mayoría de las ocasiones, agregó la Alianza Contra el Borrado de Mujeres.