Martes 20 de febrero de 2024, p. 26
Tras concluir que hay candados
en la ley para evitar la corrupción, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que en los estados las autoridades de control permitan a los organismos públicos locales que, en situaciones excepcionales, sus funcionarios participen en procesos de licitación aunque puedan tener algún interés personal.
Por mayoría de ocho votos, a propuesta del ministro Jorge Pardo, el pleno del máximo tribunal validó un artículo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua luego de sostener que su artículo 86 no autoriza el conflicto de interés.
En realidad no hay conflicto de interés o no hay afectación a los valores que desde luego vigila la Ley de Responsabilidades Administrativas, como es el tema de la imparcialidad y la afectación o compromiso al Estado Mexicano
, explicó Pardo.
En contraparte las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres coincidieron en que con la decisión la Corte validaba que los propios servidores públicos intervengan en los procedimientos de licitación, aunque tengan un interés personal, familiar o de negocios en el asunto de que se trate. No acepto reconocer la validez de una norma local que sin precisar en qué casos prevé excepciones para que los servidores públicos, o sus familias o sus socios se beneficien de las contrataciones del gobierno de Chihuahua y sus municipios
, advirtió Esquivel.
El artículo validado por la Corte se-ñala que los entes públicos se absten-drán de recibir propuestas o adju-dicar contrato o pedido alguno, cuan-do el servidor público que intervenga en el procedimiento de contrata-ción tenga interés personal, familiar o de negocios. Pero expone que pue-de haber aval previo y específico de la Función Pública o del Órgano Interno de Control respectivo, y dejar al reglamento definir el procedimiento para dar esa autorización.