Sábado 2 de diciembre de 2023, p. 31
La Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el que se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años. El decreto que entra en vigor hoy señala que las leyes federales y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años
. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) pugna por la eliminación del matrimonio infantil y las uniones precoces; además, advierte que ante la invisibilidad del problema y la consecuente inacción para solucionarlo cerca de 20 millones de niñas en la región se habrán casado antes de los 18 años para el 2030
. De acuerdo al Unicef esta práctica violatoria de los derechos de la infancia se puede incrementar en niñas migrantes y refugiadas para paliar su pobreza o para conseguir documentación necesaria para un país de destino. El Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI identificó a 224 mil 454 adolescentes de 12 a 17 años en situación de unión
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