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Agenda Judicial
Estado activo: el conflicto judicial
E

l Estado, integrado por los tres Poderes, genera las normas que regulan la convivencia entre los ciudadanos, las ejecuta y, en caso de que surjan conflictos entre los ciudadanos, cuenta con mecanismos judiciales imparciales que resolverán los conflictos suscitados entre sus ciudadanos, sin tomar partido respecto de ningún plan social.

Los jueces son moderadores en las discusiones entre particulares. El Estado activo implementa políticas públicas para establecer planes de vida sociales, con normas que dictan a los ciudadanos qué hacer y cómo comportarse. El proceso judicial hace efectivos esos planes, diseñados en las leyes. Éstas deben ser tan claras que no permitan a los jueces apartarse de la encomienda social. En México esta normatividad no solo sale del Congreso Mexicano, el ejecutivo y la Constitución, también tiene vinculación con tratados y tribunales internacionales, que México ha suscrito y reconocido, a través de los mecanismos establecidos en la Constitución.

En tales compromisos internacionales está la independencia judicial, que involucra tanto factores presupuestales (que el Estado asigne suficientes recursos para que funcione el aparato judicial) como legales, ya que las decisiones judiciales deben dictarse sin intervención de intereses políticos, únicamente con la intervención de las partes interesadas y el juzgador; además, esas resoluciones deben cumplirse por ciudadanos y autoridades.

Siglos de historia mexicana han llevado a la actual correlación de fuerzas políticas para establecer que la vía judicial es el mejor método para resolver conflictos. Las actuales condiciones contemplan un fenómeno novedoso: un enfrentamiento del propio Poder Judicial contra los otros poderes públicos, los de mayor arraigo popular, al menos en lo electoral y en muchas encuestas, sean reales o no.

Limitar la actuación de los juzgadores, amagándolos presupuestalmente, reduciéndolos a que sean afines en sus resoluciones al partido en el poder, es cambiar el sentido de equilibrio del Estado Mexicano. La resolución de conflictos judiciales en manos de jurados se ha intentado, y quedó en la historia para establecer que no es lo óptimo para este país. La posibilidad de que los jueces dejen de requerir carrera judicial y aprobar un complejo examen (meritocracia), para pasar a ser juzgadores por elección popular (lo cual sería altamente oneroso para el Estado), emparentado este mecanismo con el de la decisión del jurado, donde quien resuelve no es técnico jurídico, es desconocer la compleja normativa en México y una realidad donde las leyes no están actualizadas, no guardan armonía entre sí y muchas veces son aprobadas con errores de técnica legislativa, formales y procesales que obligan a jueces y ministros a declararlas inválidas.

La mera posibilidad de afectar los fideicomisos judiciales (ninguno relacionado con los ministros de la Suprema Corte, sino con pensiones, divulgación jurídica y nuevos juzgados) tiene ya consecuencias en la ciudadanía: tres días de paro de labores en el Poder Judicial Federal se traduce en meses de retraso para quienes esos días o en posteriores, tenían audiencia. Si se baja el presupuesto y, con ello se reducen sueldos o se afectan los fideicomisos formados con descuentos nominales, ahorro de los trabajadores, o los relativos a pensiones, se agotarán las vías judiciales nacionales e internacionales para que se respeten los salarios, ahorros y demás prestaciones que, desde hace décadas, se han contemplado en los presupuestos anuales. Al disponer de tales fideicomisos no habrá ahorro: a mediano o largo plazo, se pagarán esos salarios y ahorros. Además, la ciudadanía verá limitado su acceso a la justicia y el Estado Mexicano dejará de ser reactivo, democrático bajo las normas internacionales a las que nos hemos sujetado por la vía legislativa.