Su defensa pidió esperar a que se resuelvan los amparos que promovió, señalan fuentes
Martes 19 de septiembre de 2023, p. 12
Un juez de control con sede en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México aplazó para enero de 2024 la audiencia en la que ayer iba a ser imputado el ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, por el caso Ayotzinapa.
Fuentes cercanas a los abogados del ex funcionario señalaron que la defensa pidió al magistrado diferir la diligencia en espera de que se resuelvan los juicios de amparo promovidos para recabar datos de prueba en favor del quejoso.
Mediante el juicio de garantías, Murillo Karam busca que la Fiscalía General de la República (FGR) lo ayude a reunir 15 datos de prueba que considera imprescindibles para desvirtuar las acusaciones en su contra.
El ex procurador iba a ser imputado ayer por los delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia, relacionados con el caso Ayotzinapa. De ser declarado culpable, alcanzaría una sentencia de hasta de 82 años de cárcel.
La Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa de la FGR presentó en su momento 69 testimonios, 65 documentales y 43 peritajes, un total de 177 indicios de prueba, para apoyar su acusación contra Murillo Karam.
La fiscalía intentará probar en el juicio que el ex servidor público incurrió en acciones como torturar a detenidos a fin de que se declararan culpables, falsificar indicios de prueba y contribuir a que no se llegara al fondo de la resolución de este caso.
Murillo Karam, preso en el Reclusorio Norte desde el 20 de agosto de 2022, ha mantenido una intensa batalla judicial por su libertad.
El 24 de febrero y el 9 de marzo pasados, un agente del Ministerio Público Federal consideró que los datos de prueba que busca el acusado no son pertinentes ni útiles para el esclarecimiento del caso, por lo que rechazó la petición de auxilio judicial.
El 18 de abril Murillo Karam tramitó un juicio de garantías contra ese fallo; sin embargo, el juzgado segundo de distrito de amparo en materia penal desechó la demanda, al señalar que la determinación de la autoridad ministerial no afecta de manera directa derechos sustantivos de la parte quejosa, tales como la libertad, la propiedad o sus posesiones.
En cambio, en julio, el octavo tribunal colegiado en materia penal consideró fundados los argumentos del ex titular de la entonces Procuraduría General y ordenó al juzgado de distrito que tramite el juicio de amparo y apoye al quejoso en obtener los 15 datos de prueba que reclama.