Miércoles 26 de julio de 2023, p. 9
El Instituto Nacional Electoral (INE) preparaba anoche las reglas para los futuros precandidatos presidenciales, las cuales incluirían el retiro de propagada que a juicio del organismo contenga alusiones proselitistas y el abono de los gastos actuales al tope de precampañas.
Aunque el proceso electoral 2023-2024 comienza el 4 de septiembre próximo y las precampañas no se inician hasta la tercera semana de noviembre, el INE asume, con base en los parámetros dictados por la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que debe normar los actos políticos realizados antes del calendario que marca la ley.
Ante la orden de los magistrados, consejeros y funcionarios electorales, así como representantes de partidos, han discutido a marchas forzadas desde el sábado, desde qué nombre dar a las reglas y la manera de garantizar que éstas no violen los límites de lo que ya establecen la Constitución y las leyes.
El proceso en el que nos encontramos no es precampaña, no es campaña, porque no ha iniciado el proceso electoral; estamos frente algo sui géneris, algo inédito... Debemos ser cuidadosos para evitar que el INE intente legislar. De ahí que lo que se está construyendo es de manera enunciativa
, explicó el consejero Jorge Montaño.
En uno de los borradores circulados anoche entre consejeros, se leía el siguiente título: Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda que realicen los sujetos obligados o personas vinculadas, independientemente de la denominación que se les dé, como parte del proceso político para definir a quienes podrían ostentar una precandidatura o candidatura, previo al inicio de las precampañas en el PEF 2023-2024
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Los consejeros, dado que el documento está sujeto a cambios, buscan incluir reglas que ya habían emitido como medida cautelar de la Comisión de Quejas y Denuncias, por ejemplo, que los partidos dejen trabajar a los verificadores del INE, sin que se les pida o incite al público a identificarlos; que los actos no tengan como objetivo obtener el respaldo para una postulación electoral, y que los actos partidistas deberán realizarse preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales
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Según fuentes consultadas, dos temas tenían atorada la redacción final: alcance de los servidores públicos en actos tanto de Morena como de la oposición, y la propaganda.
Ayer, los transitorios del anteproyecto (sujeto a discusión) señalaban la obligación de los partidos de notificar al INE quiénes son sus aspirantes y, en su caso, la propaganda de la que se hacían responsables.
Es decir, serían los propios partidos los que deberían retirar la propaganda masiva
de naturaleza electoral o proselitista ya sea en espectaculares, vehículos del transporte público (como pueden ser las llamadas pegatinas, entre otras) y en la pinta de bardas en que aparezcan las personas participantes de los procesos políticos en curso
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En otro transitorio se lee que la propaganda proselitista que no sea retirada será computada, en su momento, como gasto de precampaña
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La fiscalización iniciaría a partir de la convocatoria de cada bloque. Deberá ser notificada al INE cada tres días, y se advertía (como ya marca la ley) que la persona que rebase los topes o haga actos anticipados de campaña corre el riesgo de perder el registro.