a penalización absoluta del aborto tiene consecuencias de gravedad y de muerte para las mujeres.
Desconociendo los ciclos de vida de las mujeres, en El Salvador se reformó en 1997 el Código Penal al establecer la prohibición absoluta del aborto. Desde esta fecha se instaló la persecución de mujeres que sufren una emergencia de salud durante el embarazo. Del hospital a la cárcel registró 181 casos de mujeres criminalizadas tras enfrentar abortos, emergencias obstétricas y partos extrahospitalarios (de 1998 a 2019), el acumulado llega en 2022 a 196 casos. La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto y organizaciones nacionales e internacionales lograron en 2009 la libertad de 66 mujeres procesadas por aborto y judicializadas por homicidio agravado, tenían penas de hasta de 50 años de prisión, todas denunciadas desde el sistema público de salud.
El caso de Beatriz es emblemático. Sintetizo un caso tortuoso y largo. Ella vivía en una zona rural en el oriente de El Salvador, le habían diagnosticado lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoide. Su primer hijo nació en marzo de 2012 por cesárea, ante preeclampsia severa agregada a lupus. El hijo nació pretérmino con síndrome de distrés respiratorio, enterocolitis necrotizante y presentó problemas posteriores en su desarrollo. Al sospechar que estaba de nuevo embarazada en noviembre del 2012, suspendió su medicación para evitar afectaciones. En febrero de 2013 se agravó y acudió al Hospital Nacional Rosales, donde le diagnosticaron un embarazo de alto riesgo
, con 11 semanas de gestación. El siguiente mes se estimó que las lesiones de lupus discoide se encontraban sobreinfectadas, un posible cuadro séptico generalizado podría poner en grave riesgo su vida. Además se le informa a Beatriz que el ultrasonido pélvico reportó que la imagen es característica de una anencefalia
. El 14 de marzo, el jefe de la Unidad de Perinatología del Hospital Nacional de Maternidad le explica a Beatriz el nulo pronóstico de sobrevida del feto y las complicaciones que surgirían en su embarazo tomando en cuenta sus enfermedades y complicaciones en el embarazo anterior. Beatriz decide vivir y solicita que se le interrumpa el embarazo. La solicitud es negada; se le explica que no era permitido en el país. Ante el cuadro clínico de lupus, artritis reumatoide (colagenopatía mixta) y producto anencéfalo, el jefe de perinatología presenta el caso ante el Comité Médico del Hospital Nacional de Maternidad el 20 de marzo, donde se decide pedir opinión al jurídico del hospital, a la Unidad de Vida de la procuraduría general de la República y a la Ministra de Salud.
La demanda de Beatriz conmovió al mundo. Las organizaciones defensoras de derechos acompañaron a Beatriz y su familia para presentar una demanda de amparo el 11 de abril para que le realizaran una interrupción del embarazo ante la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia. La Colectiva Feminista para el Desarrollo Local de El Salvador, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto de El Salvador y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional presentaron el 18 de abril una solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para evitar daños irreparables a la vida, integridad personal y salud de Beatriz, así como a los derechos a la protección de la familia y protección especial de su hijo (de 13 meses). El 29 de abril la CIDH otorgó medidas cautelares en favor de Beatriz y solicitó al Estado de El Salvador que adoptara las medidas necesarias para implementar el tratamiento médico recomendado a favor de Beatriz.
El 28 de mayo la sala de lo constitucional de la Corte Superior de Justicia emitió sentencia rechazando el amparo, entre otros señalamientos, sostuvo que en El Salvador existe un impedimento absoluto para autorizar la práctica de un aborto por contrariar la protección constitucional a la persona humana desde el momento de la concepción. Paralelamente, las organizaciones representantes pidieron a la CIDH que solicitara medidas provisionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh).
El 30 de mayo de 2013, esta Corte otorgó las medidas ordenando al Estado salvadoreño que adopte y garantice, de manera urgente, todas las medidas que sean necesarias y efectivas para el grupo médico tratante de la señora B. El 3 de junio de 2013, con 26 semanas de embarazo, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte, los médicos realizaron una histerectomía que puso fin al embarazo, así como la esterilización solicitada por Beatriz. La recién nacida presentaba ausencia total de calota craneana y tejido cerebral; murió.
Tras analizar el caso de B., se concluyó la configuración de violaciones a los derechos humanos, la CIDH lo sometió ante la Coridh, lo cual le permitirá pronunciarse sobre la legislación salvadoreña en las próximas semanas, si se confirma que El Salvador ha incurrido en responsabilidad internacional por no garantizar derechos consagrados en la Convención Americana, entre ellos el derecho a la vida, la integridad y la salud de las mujeres en estado de gestación. Es momento para que El Salvador asuma sus obligaciones en materia de derechos humanos y legisle a favor de la vida de las mujeres. Porque como todas, las salvadoreñas tienen derecho a vivir.
* Secretaria general del Conapo
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