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Ordena Coridh reparar el daño en caso Tzompaxtle Tecpile
 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de enero de 2023, p. 4

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) declaró que el Estado mexicano es responsable de violación de los derechos a la integridad y libertad personal, las garantías judiciales y la protección judicial de Jorge y Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, detenidos en enero de 2006 por policías federales en la carretera México-Veracruz, arraigados por más de tres meses y en prisión preventiva por dos años y medio, y finalmente absueltos en 2008.

Instruyó al Estado dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza preprocesal y adecuar la prisión preventiva, de acuerdo con los principios de la Convención Americana de Derechos Humanos.

El documento indica que la figura del arraigo resulta contraria a la convención por tratarse de una medida restrictiva a la libertad, de naturaleza preprocesal con fines investigativos y vulnera derechos como la presunción de inocencia.

La prisión preventiva, considerada en el artículo 161 del Código Penal Federal de 1999, es contraria a la convención porque no hace mención de finalidades ni de los peligros procesales que busca precaver ni la exigencia de hacer un análisis de la necesidad de la medida frente a otras menos lesivas.

En un comunicado conjunto, las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores señalaron que el Estado analizará con atención los resolutivos de la Coridh para estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones, asegurando el mayor respeto a las obligaciones contenidas en la Convención Americana.

Resaltaron que el caso Tzompax-tle Tecpile y otros y esta sentencia podrán orientar en sentido positivo las acciones para proteger los derechos de los privados de la libertad. Refrendaron el compromiso para trabajar con las familias de las víctimas en la reparación del daño y garantías de no repetición.

Ricardo Pérez, presidente de la Corte, aseveró que como medidas de reparación, el Estado también debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y brindar tratamiento médico y sicológico a las víctimas que lo soliciten.