Política
Ver día anteriorJueves 26 de enero de 2023Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Falla la Corte contrala investigación de cuentas bancarias sin orden judicial

Ampara a cuñado de ex presidente del TEPJF

 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de enero de 2023, p. 8

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó amparar a Peter Bauer Mengelberg López, cuñado de José Luis Vargas Valdez, ex presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), contra la investigación de sus cuentas bancarias, realizada sin una orden judicial.

Aunque no es la primera vez que el máximo tribunal aborda la constitucionalidad del artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) –en el que se basa la actuación de la autoridad para este tipo de investigaciones–, en esta ocasión la decisión de los ministros de la primera sala se tomó por mayoría calificada, por lo que podría servir para una jurisprudencia definitiva sobre el tema.

La investigación comenzó por una denuncia anónima sobre los contratos que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, hoy Instituto Federal de Telecomunicaciones, habría otorgado de manera irregular a la empresa Consorcio de Litigio Estratégico, dirigida por Bauer.

El proyecto aprobado lo presentó la ministra Margarita Ríos Farjat; señala que toda incursión en la privacidad de una persona sujeta a investigación debe contar con la autorización de un juez.

Esta primera sala concluye que el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, vulnera el derecho a la privacidad, en su vertiente de secreto bancario, porque permite al Ministerio Público solicitar información financiera de una persona sujeta a investigación penal, a fin de comprobar la comisión de un delito o la probable responsabilidad penal, sin someter su petición a control judicial previo, lo que es contrario a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución del país, señala la sentencia aprobada.

Desde 2017, la SCJN ha concedido varios amparos contra el mismo artículo de la LIC, y contra otras actuaciones de las autoridades ministeriales en la persecución de delitos financieros, todas las cuales, definieron los ministros, deben ser autorizadas antes por un juez.