La mandataria de CDMX violó las reglas de la revocación de mandato, señala
Viernes 18 de noviembre de 2022, p. 10
La sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, vulneró las reglas del proceso de revocación de mandato, debido a las manifestaciones realizadas en la conferencia de prensa matutina del pasado 10 de marzo, en la cual abordó un proyecto que se realizará en el Bosque de Chapultepec
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Los magistrados Rubén Lara Padrón, Gabriela Villafuerte Coello y Luis Espíndola consideraron que la difusión de ese proyecto buscó resaltar logros de gobierno durante un periodo prohibido por la Constitución.
En ese sentido, se acreditó que 61 concesionarias (de medios de comunicación) difundieron las manifestaciones de la funcionaria, por lo que también resultaron responsables de la vulneración a las normas de la revocación de mandato
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De esa forma, ordenó dar vista al Congreso de la Ciudad de México para que determine lo que corresponda respecto a la responsabilidad de Sheinbaum. A las concesionarias se les impuso una multa de 30 Umas, equivalentes a 2 mil 887 pesos.
En un segundo asunto declaró inexistencia de la contravención a las reglas de difusión de informes de labores y de propaganda gubernamental, con elementos de promoción personalizada, de parte del presidente Andrés Manuel López Obrador y diversas personas del servicio público, así como del uso indebido de recursos públicos, porque de los promocionales denunciados, se advierte que el referido servidor público (López Obrador) tuvo un papel secundario y las expresiones contenidas buscaron transmitir las tareas desempeñadas a su cargo; por lo tanto, constituye un ejercicio auténtico, genuino y veraz de comunicación sobre el cuarto Informe de labores del Presidente de la República
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Sobre el señalamientos de traición a la patria por parte de legisladores de Morena contra diputados de oposición, declaró la inexistencia de actos de violencia política e institucional, así como la incompetencia de la sala especializada para conocer sobre la vulneración al derecho de réplica.
No existe prueba alguna que demuestre que incurrieron en actos u omisiones que hayan tenido como fin demeritar la imagen o las capacidades de las personas legisladoras, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de sus derechos políticos o el acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia
, deteminó.