Domingo 30 de octubre de 2022, p. 26
Monterrey, NL., La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL) presentó ante el Congreso una iniciativa de reforma a la Ley para el Registro Civil a fin de que los migrantes tengan libre acceso a la expedición de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y muerte.
El organismo, a cargo de Olga Susana Méndez Arellano, envió el documento a la legislatura local en el cual propone la modificación y la adición de un segundo párrafo en el artículo 30, así como la derogación del artículo 40 de la Ley del Registro Civil estatal.
En los actos del estado civil en los que intervengan personas extranjeras que radiquen en el estado o de paso por el mismo, las actas deberán reunir los requisitos y formalidades que establece el Código Civil para Nuevo León, sin más restricciones que las señaladas de manera general para las personas mexicanas
, precisó el escrito.
Añadió que las y los oficiales del Registro Civil no podrán negar a las personas en situación de migración, con independencia de su estatus migratorio, la autorización de los actos del estado civil, ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos e hijas, matrimonio, divorcio y muerte
.
La iniciativa busca homologar la ley local con el contenido del artículo 9 de la Ley de Migración, como ya ocurre en Baja California, Chiapas, Coahuila y San Luis Potosí, refirió la CEDHNL.
El origen nacional representa una condición por la que puede una persona ser objeto de discriminación, por lo que, es preciso establecer un marco legislativo que proteja a las personas con independencia de su origen o cualquier estatus de movilidad
, aclaró el organismo.
Actualmente el artículo 39 de esta ley establece que las personas extranjeras deberán acreditar su condición migratoria o la legal estancia en el país.