Viernes 28 de octubre de 2022, p. 6
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó su resolución hacia los partidos políticos para que postulen al menos a una mujer en las contiendas a las gubernaturas de 2023, en los estados de México y Coahuila. Sin embargo, al mismo tiempo determinó modificar un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) con base en el cual el organismo había dictado lineamientos a los partidos para garantizar esa paridad de género y colocar a la candidata en una contienda competitiva, a partir de modificar sus documentos básicos a más tardar este mes.
Con apretada mayoría, la sala superior decidió no desechar el acuerdo del INE, sino sólo modificarlo y, en el caso específico de los comicios venideros, concluyeron que el instituto no puede emitir reglas de paridad para dichas entidades, pues sus congresos locales ya lo hicieron.
El INE había ordenado a los partidos adecuar sus documentos básicos y establecer criterios sobre paridad, lo cual motivó las apelaciones de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Morena y de la Revolución Democrática (PRD).
Argumentaron que el INE no tiene competencia para ello y que el TEPJF sólo le ordenó supervisar el cumplimiento de las disposiciones que emitió hace algunos meses.
Para el resto de las entidades que renovarán su gubernatura después de 2023, los congresos deberán ajustar sus leyes locales para garantizar la paridad sustantiva y, en consecuencia, los partidos deben acatar estos principios; ante eventuales omisiones, tocará al INE vigilar a los partidos.
Los magistrados recordaron que los congresos locales deben concretar los cambios al menos 90 días antes del inicio de los procesos electorales. Por tanto, para las contiendas de 2024, esta fecha límite de cambios sería mayo de 2023.
El tema generó una amplia discusión entre los seis magistrados que participaron en la sesión (Janine Otálora tuvo falta justificada).
Tras más de dos horas el proyecto fue votado y cayó en empate, con la posición en favor (de Mónica Soto, ponente; José Luis Vargas e Indalfer Infante Gonzales), y en contra (de Reyes Rodríguez, Felipe de la Mata y Alfredo Fuentes), por lo que el caso se decidió con el voto de calidad del magistrado presidente, quien en una de sus intervenciones sugirió ser deferente
con el INE, por lo que propuso modificar el acuerdo y no desecharlo lisa y llanamente, como venía en la propuesta de la magistrada Soto.
Esto molestó a la juzgadora, quien recriminó que el tribunal no está para dar deferencia al INE, sino entre los integrantes de la sala superior el buen juez y la buena jueza por su casa empiezan
.
Rodríguez le respondió, por alusiones personales, que usó la palabra deferencia como concepto de derecho administrativo y aseguró que la sesión se desarrolló con respeto.
Soto había advertido que precisamente en los procesos internos de los partidos políticos es donde están los obstáculos, las piedritas
para las mujeres.
No hay quien defienda a las mujeres
, advirtió, por lo que insistió en la importancia de definir reglas claras no sólo de cumplir la cuota y postular a una mujer, sino hacerlo con criterios de competitividad, esto es, registrarlas en elecciones donde puedan ganar.