El gobierno federal puede impugnar el fallo
La Corte admite a trámite un recurso de senadores de oposición contra el mismo decreto
Martes 25 de octubre de 2022, p. 7
Un juzgado de distrito concedió la suspensión definitiva en un juicio de amparo contra el decreto que otorga el control de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite un recurso de senadores de oposición contra el mismo ordenamiento.
Ambas vías legales conducen a que sea la SCJN la que decida finalmente sobre el asunto. En el caso del juicio de amparo, el gobierno federal puede impugnar el fallo de primera instancia a través de un recurso de revisión, para que un tribunal colegiado determine si confirma, modifica o revoca la resolución, tras lo cual aún queda la instancia final en la Corte.
El juzgado noveno de distrito con residencia en Guanajuato otorgó la suspensión definitiva a la organización no gubernamental Uniendo Caminos México. El decreto impugnado se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en septiembre pasado.
La jueza Karla María Macías Lovera detalló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que los Estados deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control del crimen común o violencia interna, puesto que su entrenamiento está dirigido a alcanzar un objetivo legítimo y no a la protección y control de civiles, para lo cual reciben capacitación las policías.
El efecto del recurso que concedió la jueza es que la GN siga bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y junto con la Sedena suspenda de inmediato la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales a que se refiere el artículo sexto transitorio, fracción II, del decreto.
Si esa transferencia ya se inició, deberán restituirse todos los recursos de la GN a la SSPC en los términos previstos en el Presupuesto de Egresos de 2022.
Acción de inconstitucionalidad
A su vez, la SCJN admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra el decreto. Al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá tocó en turno hacerse cargo del asunto, que quedó registrado con el número 137/2022.
El ministro González advirtió que algunos de los 49 senadores que interpusieron la demanda no presentaron los documentos que acrediten su personalidad legal, por lo que los emplazó para que lo hagan a la brevedad.
También dio un plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación, para que los poderes Ejecutivo y Legislativo envíen sus respectivos informes y copias certificadas de los antecedentes legislativos y del DOF en el que se publicó el decreto impugnado.
Los senadores quejosos designaron como representantes comunes a Julen Rementería (PAN), Miguel Ángel Mancera (PRD), Miguel Ángel Osorio Chong (PRI), Clemente Castañeda (MC) y Emilio Álvarez Icaza (Grupo Plural).
En su recurso, los legisladores afirman que la fusión de la GN con la Sedena viola el artículo 21 de la Carta Magna, donde se definió a la nueva corporación como civil. También sostienen que el decreto invadió las facultades del Poder Legislativo sobre la configuración de la Administración Pública Federal.