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Revoca tribunal suspensión al paso de la Guardia a la Defensa
 
Periódico La Jornada
Jueves 20 de octubre de 2022, p. 5

El decreto que pasa el control operativo de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) avanzó un paso en un litigio que, sin embargo, aún tiene etapas jurídicas por delante.

El segundo tribunal colegiado en materia administrativa, con sede en Guanajuato, revocó la suspensión provisional que una jueza concedió a la organización no gubernamental Uniendo Caminos México contra el decreto de septiembre pasado.

Por unanimidad, los magistrados declararon fundado el recurso de queja que interpuso el gobierno federal para impugnar el fallo de la titular del juzgado noveno de distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera.

La juzgadora determinó la semana pasada otorgar la suspensión provisional a la ONG, en un fallo que frenaba la transferencia de la operación de la GN a la Defensa.

Macías Lovera programó para el viernes de esta semana la audiencia incidental, donde resolverá si concede la suspensión definitiva a Uniendo Caminos México.

En caso de que fallara en definitiva en favor de la ONG, aún quedaría por delante un recurso ante un tribunal colegiado y finalmente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El pasado 26 de septiembre, la organización civil recurrió al juicio de amparo contra actos del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Se excedió la jueza

Los magistrados del tribunal de Guanajuato determinaron que la impartidora de justicia se extralimitó en sus facultades al conceder la medida cautelar, además de que el decreto combatido no causaba una afectación a Ángel Castro Gómez, promovente del amparo.

El 9 de septiembre, en una edición vespertina, el Diario Oficial de la Federación publicó reformas a diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Guardia Nacional, Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

En una de las modificaciones, en la fracción IV del artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se faculta a la Sedena para ejercer el manejo del activo del Ejército y la Fuerza Aérea, así como el control operativo y administrativo de la GN, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

El decreto prevé que la GN opere mediante una estructura de mando a partir de los siguientes niveles: Secretaría de la Defensa Nacional, comandancia, coordinación territorial, coordinación estatal y coordinación de unidad.

Asimismo, el titular de la Defensa Nacional queda facultado para expedir los manuales de organización, procedimientos y estrategias de la Guardia Nacional, organizar la distribución territorial de sus elementos y proponer adecuaciones a la estructura orgánica de la misma.