Viernes 19 de agosto de 2022, p. 22
Fue sobreseída la controversia constitucional promovida por el Banco de México (BdeM) contra los criterios para fijar los salarios de sus funcionarios, contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2022. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que el banco central no tenía interés legítimo en el tema, es decir, que la norma no afecta su esfera jurídica.
El BdeM argumentaba que el sistema para calcular los sueldos de sus servidores públicos invadía su esfera competencial, era incierto e indeterminable, lo cual haría imposible que su junta de gobierno cumpliera con sus atribuciones.
Por ello promovió en diciembre pasado la controversia constitucional 205/2021, cuyo análisis fue encomendado al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
El proyecto, aprobado por unanimidad por los ministros de la primera sala, señala que el banco central no acreditó un interés legítimo para impugnar el presupuesto aludido, al no advertirse alguna afectación en su esfera de competencia, autonomía institucional y derechos humanos de sus trabajadores
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Adicionalmente, señala que de hecho al banco central no se le están aplicando ninguna de las normas del PEF 2022 relativas al salario de sus trabajadores, debido a que desde finales del año pasado promovió otra controversia, la 77/2021, donde impugna la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, contra la cual se le concedió una suspensión.
Esta medida cautelar continúa vigente y tiene el efecto de que las remuneraciones que percibieran sus servidores públicos no fueran fijadas en términos de la LFRSP, sino exclusivamente por lo dispuesto en el artículo 127 Constitucional y el marco legal aplicable expresamente al BdeM.
Es decir, la norma que denuncia ni siquiera está siendo aplicada al banco central, y el tema de fondo de la controversia 205/2021 es el mismo de la 77/2021, en la cual se le concedió ya la suspensión.