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El TLCAN está vigente en el T-MEC
L

as amenazas contra México de parte de sus socios del T-MEC por hasta 30 mil millones de dólares de represalias con aranceles comerciales (https://bloom.bg/3S5Kthg), y con hasta 20 mil millones de dólares en disputas inversionista-Estado que le llevarían al Centro Internacional de Arreglos de Disputas de Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial, cuentan con el aval de tecnócratas neoliberales. Por ejemplo, Keneth Smith Ramos, ex negociador en jefe del T-MEC para México, y que hace uso de la puerta revolvente entre la función pública e intereses privados y ahora trabaja para la firma de consultoría legal para empresas privadas AGON, recién hizo declaraciones a la publicación Inside US Trade (https://bit.ly/3S5Iv0m) contra el gobierno de México y en favor de Estados Unidos y Canadá. México argumenta que en el T-MEC se hace el Reconocimiento del Dominio Directo y la Propiedad Inalienable e Imprescriptible de los Estados Unidos Mexicanos de los Hidrocarburos (ver capítulo 8: https://bit.ly/3oAAtiA). Smith Ramos responde en la entrevista que ello no niega que tenga compromisos citados en la reciente solicitud de consultas por parte de Estados Unidos, hechos en otros capítulos del tratado, incluyendo acceso a mercados, empresas propiedad del Estado e inversiones.

Smith Ramos aconseja a Estados Unidos que lo lógico es que el siguiente paso que debe dar es “usar este periodo de consultas para aumentar la presión política y decir que ‘voy a ir a un panel (de disputas de inversiones) si tu no resuelves este asunto que te he estado mencionando por año y medio, y ver cómo reacciona México (sic)” (trad. propia). También dice que si bien el capítulo 8 repite lo que nuestra Constitución establece de que aunque los hidrocarburos son propiedad de la nación mexicana y de que México es un país soberano que puede cambiar su Constitución cuando así lo desee, no significa que si cambias ésta, o leyes y regulaciones, que tengas una excepción de cumplir con los requerimientos del T-MEC (trad. propia). Vaya demostración de la interpretación de que los tratados comerciales internacionales se anteponen a la Constitución y a la soberanía nacional.

Pero pasemos la discusión del capítulo 8 a la del capítulo 14 de inversiones del T-MEC, al cual Smith Ramos hace referencia, en defensa de intereses extranjeros. Pese a que en este último se estipule claramente que las demandas inversionista-Estado se limitan a contratos gubernamentales entre empresas estadunidenses y México (y no canadienses, pues este país se excluye de este régimen), el gobierno de Peña le dejó una bomba de tiempo a la 4T; la así llamada en inglés cláusula de legado del TLCAN. Por razón que desconozco, en el texto en español no se usó el término legado, sino cláusula de transición para reclamaciones de inversiones existentes. Ver Anexo 14-C del TMEC (https://bit.ly/3zfLPxB), en el que se estipula que cada parte consiente, con respecto a una inversión existente, en someter una reclamación a arbitraje de conformidad con la sección B del capítulo 11 (inversión) del TLCAN de 1994 y que el consentimiento de una parte conforme al párrafo uno expirará tres años después de la terminación del TLCAN de 1994. La terminación del TLCAN fue el 1º de julio de 2020, o sea que su capítulo 11 sigue vigente hasta el 30 de junio de 2023. Es así como la cláusula de legado del TLCAN está y seguirá siendo usada por corporaciones bajo el T-MEC, hasta tal fecha, contra los tres países de Norteamérica.

La primera demanda inversionista-Estado bajo la cláusula de legado fue contra Canadá a finales de 2020. Se trata del caso interpuesto por Koch Industries and Supply & Trading, comerciante de combustibles fósiles, que niega el cambio climático y demandó a Canadá por la cancelación de una medida ambiental que aumentaría modestamente los costos para las empresas, con el objetivo de incentivar la reducción de emisiones de carbono.

En diciembre de 2021 el operador de oleoductos con sede en Canadá, TC Energy and TransCanada entabló una demanda bajo el TLCAN/T-MEC contra EU, por segunda vez, por más de 15 mil millones de dólares. Este caso es una represalia contra la decisión del presidente Biden de revocar el permiso para el proyecto Keystone XL, por considerarlo incompatible con los esfuerzos para abordar el cambio climático y en respuesta a las demandas de comunidades indígenas. La compañía había demandado primero a Estados Unidos después de que la administración de Obama revocó su permiso, pero había abandonado la demanda cuando la administración de Trump lo restauró.

México ya ha recibido tres demandas bajo la cláusula de legado del TLCAN en el T-MEC: a) el año pasado la empresa de comunicaciones L1bre Holding de EU le demandó por una cantidad no conocida; b) la petrolera, también estadunidense, Finley Resources (y otras) por 100 millones de dólares, y c) la minera canadiense Finley Resources por 500 millones dólares.

Así, de aquí al 30 de junio de 2023 la soberanía de México seguirá subyugada por las cláusulas de protección de inversiones del TLCAN. Aunque Jesús Seade –representante del equipo de transición de la 4T en las negociaciones del T-MEC– asegure a AMLO que no hay ningún problema y que no se viola el tratado, el verdadero ring en todas las posibles demandas que se lleven ante el Ciadi será el capítulo 11 del TLCAN, detalle que por su propio resguardo la 4T nunca debió haber avalado.

*Investigador del Institute for Policy Studies www.ips-dc.org

Twitter: @ManuelPerezIPS