no por los intereses de un grupo de corruptos y de seudoambientalistas vamos a detener una obra que es en beneficio del pueblo.Foto La Jornada
Miércoles 20 de julio de 2022, p. 3
El próximo primero de agosto, Adrián Fernando Novelo Pérez, juez primero de distrito con sede en Yucatán, resolverá si el gobierno federal incumplió con lo dispuesto en la suspensión definitiva que otorgó a habitantes del municipio de Solidaridad, Quintana Roo, contra las obras del tramo 5 del Tren Maya.
Después de que el gobierno federal anunció la declaración del proyecto como de seguridad nacional y el reinicio de las obras, las bancadas de los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados pidieron la comparecencia de los secretarios de Gobernación, Adán Augusto López, y de Seguridad, Rosa Icela Rodríguez, para que informen de ese acuerdo, el cual define que ambas dependencias estarán a cargo de la construcción del tramo 5.
Legisladores de los dos partidos resaltaron que este argumento –expresado la víspera por el director del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Javier May– es una argucia para no acatar la resolución de un juez que impide seguir con la obra.
A su vez, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) emitió de nuevo la declaratoria de causa de utilidad pública de 25 terrenos de propiedad privada, que suman una superficie de poco más de 38 hectáreas y las cuales serán expropiadas para la construcción del tramo 5. La declaratoria tuvo su primera publicación la semana pasada.
La Sedatu publicó otro decreto en el Diario Oficial de la Federación, en el que informa que con el fin de dar certeza jurídica a todos los actos relacionados con el Tren Maya, no se suspenderán plazos ni términos
que ya se habían marcado antes como días inhábiles para la realización de trámites vinculados con la obra, como liberaciones, expropiaciones y análisis, entre otros.
La controversia legal
Tras la decisión de reinicio de las obras, Antonella Vázquez Cavedón, representante legal de los quejosos que solicitaron el amparo contra el proyecto, promovió un incidente por defecto para demostrar que la autoridad responsable no ha acatado la medida cautelar concedida por el impartidor de justicia.
El juzgador ordenó abrir el incidente y advirtió a las autoridades responsables para que en un plazo de tres días rindan su informe con relación a la denuncia por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva, contados a partir de la notificación. De lo contrario se presumirá cierta la conducta que se les reclama.
Gustavo Alanís, director del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, informó que ningún oficio o acuerdo administrativo puede dejar sin efecto amparos o suspensiones y recordó que ya hay una suspensión definitiva y varias provisionales emitidas por el juzgado primero de distrito de Mérida sobre el tramo 5 sur.
De violarse las suspensiones estaríamos en presencia de la comisión de un delito o desacato, agregó.
También consideró que un acuerdo no puede estar por encima de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, porque ésta es superior a un acuerdo o decreto, y lo que prevalece es el artículo 28 de esta legislación, en el que se establece que un proyecto de este tipo tuvo que someterse a un estudio de impacto ambiental.
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro declaró sobre el caso que el abuso del concepto de seguridad nacional para impulsar una determinada obra pública contraviene el régimen internacional de garantías básicas
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