Miércoles 20 de julio de 2022, p. 19
Crédito Real dio a conocer que solicitó acogerse al Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de Estados Unidos, como parte de su proceso de restructura y tras haber sido puesta en liquidación el jueves de la semana pasada en México.
La financiera envió este martes por la tarde un comunicado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) en el que detalló que el 14 de julio solicitó ante los tribunales de Delaware, Estados Unidos acogerse al procedimiento contemplado en el Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de Estados Unidos.
Además, precisó, solicitó el desechamiento del procedimiento judicial de insolvencia iniciado sin consentimiento de la compañía por un grupo de tenedores de bonos conforme al Capítulo 11 de la Ley de Quiebras en el Distrito Sur de Nueva York.
La Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (Sofom) precisó que fueron las instituciones bancarias, Santander y BBVA, las que solicitaron medidas cautelares en su contra para asegurar bienes, tales como cuentas bancarias y derechos de fideicomisos, solicitudes que se encuentran radicadas en juzgados del orden común en la Ciudad de México.
Crédito Real no tiene conocimiento de cualquier otro procedimiento judicial, administrativo y arbitral de importancia para la compañía o para las personas morales que ésta controla, o en contra de los accionistas que tengan cuando menos una influencia significativa, consejeros y directivos relevantes.
La emisora puntualizó que Ángel Francisco Romanos Berrondo, accionista de la compañía, fue quien informó al juzgado sobre la causal de disolución. El liquidador provisional designado por la autoridad judicial es el abogado Fernando Alonso de Florida Rivero, quien aceptó el cargo el 8 de julio de 2022. Así, su designación será definitiva.
La Sofom, que atraviesa problemas de liquidez tras caer en incumplimiento de pago en febrero, refirió que la sentencia de liquidación que fue publicada el 14 de julio surtirá efectos de notificación el primero de agosto, por el periodo vacacional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Por ello, dijo, la sentencia no ha causado estado y conserva la personalidad jurídica de la compañía únicamente para efectos de la liquidación. Crédito Real agregó que no se percibe que exista cualquier situación que pudiera repercutir en su estructura financiera.
El flujo de efectivo de la cartera vigente de la compañía no se encuentra afectado como consecuencia de la declaratoria de disolución de la compañía, que hará frente a los próximos vencimientos de certificados bursátiles identificados.