Jueves 30 de junio de 2022, p. 31
Por mayoría de cuatro votos contra tres, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la investigación que realiza el Instituto Nacional Electoral (INE) a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, por presuntos actos anticipados de precampaña y de campaña rumbo a la elección presidencial de 2024, según una denuncia del PRI.
En otro expediente, el órgano electoral confirmó por unanimidad la resolución de la sala especializada del tribunal de que la funcionaria violó la norma durante el proceso de revocación de mandato.
En respuesta al fallo, Sheinbaum manifestó en breve declaración que vamos a seguir con nuestra defensa jurídica y a seguir defendiendo la libertad de expresión
.
A su vez, el PRD denunció ante el INE a la jefa del Ejecutivo local por dos publicaciones en Twitter relacionadas con asuntos de gobierno, lo cual fue calificado por los magistrados como propaganda gubernamental indebida y vulneración a las reglas de promoción de la citada consulta.
Ese partido también indica que se violó el incumplimiento de medidas cautelares por dos nuevos mensajes de la titular del Ejecutivo local, a lo que la sala especializada y la superior dieron la razón.
La mandataria dijo que se trató de información de interés público, así como de rendición de cuentas propias de su responsabilidad.
La sala especializada ordenó dar vista del resolutivo al Congreso de la Ciudad de México. En cuanto a la primera resolución, la magistrada Mónica Soto advirtió que responder las preguntas que formuló la unidad de lo contencioso del INE llevaría a Sheinbaum a autoincriminarse o dañar su presunción de inocencia.
Le preguntó por escrito no sólo si asistió a los actos públicos denunciados por el PRI, sino que dijera si tenía planeado contender en busca de una candidatura a la Presidencia de la República en el próximo proceso electoral.
La magistrada señaló que si bien las preguntas del INE eran de carácter interprocesal dentro de un procedimiento especial sancionador, por la forma en que está redactado materialmente produce efectos jurídicos respecto de la recurrente y podría implicar la vulneración de sus derechos sustantivos a la no autoincriminación y de presunción de inocencia
, es decir, la manera en la que se le están haciendo las preguntas evidentemente al responderlas tendría que caer en alguna situación que la llevara casi directamente a autoincriminarse en caso de dar respuestas positivas
.
Los dos magistrados que votaron en contra (José Luis Vargas e Indalfer Infante) argumentaban que la impugnación era improcedente e incluso desechada porque el INE indaga a Sheinbaum en calidad de ciudadana y no como jefa de Gobierno, de ahí que no respondiera vía la Consejería Jurídica de su administración, comentaron.
Al final, se aprobó el asunto por mayoría de votos y sólo se le hizo una modificación para que el INE puntualice si la investigación a Sheinbaum es en calidad de ciudadana o como funcionaria.