Miércoles 15 de junio de 2022, p. 17
José Febo Trujeque Ramírez, quien hasta marzo pasado se desempeñó como director normativo de Procedimientos Legales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (Issste), vinculado a proceso por autorizar en 2019 un pago ilegal por 800 millones de pesos a una empresa farmacéutica, obtuvo una suspensión provisional que deja en manos de un juez de amparo si es procedente la decisión jurídica.
Asimismo, se modificaron las medidas cautelares para que pudiera salir del país. De acuerdo con fuentes del Poder Judicial de la Federación, tras obtener la suspensión provisional salió al extranjero para tomar un curso, sin justificar la realización de dicho encuentro académico.
En abril pasado el juez de control José Artemio Zúñiga Mendoza vinculó a proceso penal a ocho funcionarios y ex empleados del Issste por haber autorizado el doble pago de una factura por más de 800 millones de pesos a la empresa Selecciones Médicas del Centro SA de CV.
El juez consideró que la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción acreditó que Trujeque Ramírez habría incurrido en el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades, al tener a su cargo fondos públicos y hacer un pago ilegal.
En la audiencia inicial en la cual se decretó la vinculación a proceso, se estableció la imposición de medidas cautelares, consistentes en presentación mensual, así como la prohibición de salir del país sin autorización judicial.
Según las listas de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal, el juzgado 16 de distrito en materia de amparo concedió la suspensión provisional y ordenó que el juez de control que emitió la vinculación a proceso informe quién o quiénes fueron los agentes del Ministerio Público que intervienen en el procedimiento
.
Asimismo, ordenó al juez Zúñiga Mendoza suspender el procedimiento en lo que corresponda a la parte quejosa, una vez cerrada la etapa intermedia y, hasta que cause ejecutoria la resolución que recaiga en el presente juicio de amparo
, y deja al acusado no a disposición del juez que decidió que debía ser enjuiciado, sino del juez amparista.