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Agenda Judicial
La revocación y la obligación ciudadana
E

l próximo 10 de abril hay que acudir a las urnas para participar en la revocación de mandato. No sólo hay una responsabilidad ética para decirlo así, jurídicamente es inevitable. Lo ordena la Constitución Política federal en su artículo 36, fracción III: “Son obligaciones del ciudadano... III. Votar en… los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley;”

No sólo eso. El artículo 38, fracción I, Constitucional dice: “Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36 …;”.

Se ordena expresamente participar y hay una sanción si no se hace. Si decidimos incumplir con esa obligación debemos estar conscientes de las consecuencias. Se dirá: “ no he conocido ningún caso en el que por no acudir a la urna se haya sancionado a nadie”, y puede ser cierto, pero nada impide que la autoridad competente sancione a quien no participó.

Se dice el que calla otorga, por eso es mejor participar para mostrar nuestra conformidad o disconformidad con la forma de gobernar del presidente. Más allá del resultado y de que él decida concluir su periodo constitucional, es importante que los ciudadanos mostremos nuestra postura; hay que mantener el estado de derecho. Es hora de tener fuerza cívica con base en la paz y respeto a los derechos humanos.

Este es un punto de vista jurídico, no político. Cada decisión es respetable.