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Senado aprueba que en administración de paraestatales exista la equidad de género
 
Periódico La Jornada
Lunes 25 de octubre de 2021, p. 10

El Senado aprobó una reforma para que los consejos de administración, así como comités y subcomités de las entidades paraestatales, se integren bajo el principio de paridad y de alternancia entre los géneros en sus mandos directivos.

Los legisladores destacaron en el dictamen que la necesidad de avanzar hacia la democracia paritaria ha sido planteada no sólo como una propuesta que acelere la participación de las mujeres en los espacios públicos, sino que busca transformarse en una reivindicación trasversal a todos los ámbitos de la sociedad.

No se trata únicamente de cubrir una cuota mayor de cargos políticos a favor de las mujeres, sino de reconocer, respetar y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en la toma de decisiones y con igualdad de oportunidades, se resalta en el dictamen avalado.

El Senado modificó la minuta de la Cámara de Diputados que proponía que sólo un tercio de las personas que integran los consejos de administración, comités y subcomités de las entidades paraestatales fueran mujeres.

Los legisladores precisaron en el dictamen que las entidades paraestatales deben atender el principio de paridad de género, criterio que se aplicará también en la integración de los órganos de gobierno de los organismos descentralizados, por lo que la mitad de sus integrantes deberán ser mujeres y, cuando esto no sea posible, no podrá exceder de la mitad más uno de un mismo sexo.

El mismo criterio se aplicaría para los consejos de administración o sus equivalentes de las entidades de participación estatal mayoritaria, así como comités, subcomités técnicos especializados y en los de índole mixta de productividad, se puntualiza en el documento aprobado.

El proyecto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Entidades Paraestatales se aprobó con 79 votos a favor y una abstención y fue devuelto a la Cámara de Diputados.

El dictamen menciona que las entidades paraestatales son organismos o personas morales que cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propios que componen la administración paraestatal y su objetivo es auxiliar al Poder Ejecutivo en el manejo y desarrollo de áreas consideradas por el Estado como estratégicas o prioritarias.