Miércoles 16 de junio de 2021, p. 13
La AFL-CIO, mayor central obrera estadunidense, urgió a la Oficina del Representante Comercial de su gobierno (USTR, por sus siglas en inglés) a aplicar de forma determinante
las disposiciones del mecanismo laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) por las presuntas violaciones a la libertad sindical de los trabajadores de la planta de General Motors en Silao, Guanajuato.
En un pronunciamiento sobre la aparente negativa
del sindicato cetemista Miguel Trujillo López para programar una nueva votación, pidió que se envíe un mensaje de que no se tolerará el fraude, la intimidación y las represalias contra los trabajadores que exigen sus derechos democráticos
.
Este caso llevó a que por primera vez el gobierno de Estados Unidos activara, de manera oficial, el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, por el que México inició una investigación sobre la posible denegación
de derechos laborales de los trabajadores de la armadora.
Para ello, se establecieron 45 días para que el gobierno mexicano propusiera medidas reparatorias.
La AFL-CIO (Federación Estadunidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales) expresó su profunda preocupación
por la negativa del sindicato que encabeza Tereso Medina de programar una nueva votación para legitimar el contrato colectivo en la planta de GM en Guanajuato.
Lo anterior, a pesar de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) le ordenó la reposición de la consulta en los 30 días hábiles posteriores a la cancelación del proceso, el pasado 11 de mayo. También solicitó a la representación sindical publicar con 10 días de anticipación la nueva convocatoria para que los trabajadores pudieran votar.
No obstante, el plazo establecido para cumplir con la resolución venció el 11 de junio y ni el sindicato ni la autoridad laboral
indicaron que se publicara la convocatoria en el centro de trabajo.
Si este es el caso y se permite el incumplimiento de la resolución de la STPS, un sindicato acusado públicamente de alteración del voto por la autoridad laboral puede actuar impunemente y retener el control del convenio colectivo de manera indefinida, sin consecuencias o sanción; y a pesar del hecho de que la mayoría de los trabajadores que pudieron votar lo hicieron en contra
del CCT vigente.
Esta inacción claramente exacerbaría la denegación de derechos
, lo cual ya es parte de la queja formal iniciada por el USTR, subrayó la central estadunidense.