Viernes 4 de junio de 2021, p. 9
La Secretaría de Gobernación (SG) hizo ayer un nuevo llamado a todos los ministros de culto de agrupaciones y asociaciones religiosas del país a que se conduzcan en estricto apego a la ley y respeten la veda electoral, con la finalidad de que los comicios a celebrarse el domingo sean ejemplo de civilidad, responsabilidad y democracia.
La dependencia se pronunció así luego de que se hizo público que, desde los templos o mediante videos, integrantes de la Iglesia católica han llamado a votar contra los que están en el poder
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Entre los religiosos participantes en la referida actividad están el ex cardenal Juan Sandoval Íñiguez, el obispo de Chetumal-Cancún, Pedro Pablo Elizondo; el sacerdote Ángel Espinosa y el rector de la Universidad Pontificia de México, Mario Ángel Flores.
Gobernación resaltó en un comunicado de prensa que es la encargada de la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo federal y la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público con las Iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas.
El artículo 130 de la Constitución señala, en su inciso E, que los ministros (de culto religioso) “no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo por candidatos, partidos o asociación política alguna.
Tampoco podrán en reunión pública, en acto de culto o de propaganda religiosa, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones ni agraviar de cualquier forma los símbolos patrios.
La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público indica en su artículo 29 que las siguientes acciones constituyen infracciones por parte de los sujetos a que la ley se refiere: Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor en contra de candidato, partido o asociación política
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En su fracción novena establece la prohibición a convertir un acto religioso en reunión de carácter político
. En el artículo 32 se indican las sanciones a las que pueden hacerse acreedores quienes incumplan con las disposiciones de dicha ley, siendo las siguientes: apercibimiento, multas de hasta 20 mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, clausura temporal o definitiva de un local destinado al culto público.
También se arriesgan a la suspensión temporal de derechos de la asociación religiosa en el territorio nacional o bien en un estado, municipio o localidad, o a la cancelación de registro de asociación religiosa.
Gobernación manifestó que el 26 de abril del presente, la subsecretaría de Desarrollo Democrático y Participación Social y Asuntos Religiosos realizó un exhorto a los ministros de culto a respetar lo dispuesto en la Ley de Asociaciones Religiosas, destacando las infracciones previstas. En este sentido, apuntó, es importante señalar que la Comisión Sancionadora a que se refiere el artículo 38 del reglamento de la legislación en la materia es el órgano al que corresponde la aplicación de las sanciones previstas.
En tanto, el presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), Ciro Murayama, declaró que los ministros de culto que intervienen en asuntos políticos y electorales violan la Constitución que les prohíbe cualquier actividad en este ámbito.
Tanto Murayama como el consejero presidente del instituto, Lorenzo Córdova Vianello, coincidieron en que en esta materia, el INE actúa si hay queja de por medio. En su caso, realiza la investigación y, de corroborarse, turna el expediente a Gobernación, instancia que, de acuerdo con la ley, debe imponer la sanción que corresponda. Sin embargo, acotó Córdova, hace mucho tiempo que la SG no sanciona en materia de violación a esa legislación sobre cultos.
(Con información de Alonso Urrutia y Georgina Saldierna)