Vulnera el derecho a la libre competencia
El amparo fue interpuesto por 54 empresas y hay otras 100 registradas
Martes 11 de mayo de 2021, p. 3
El juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó una nueva suspensión, con efectos generales, que impide aplicar la Ley de Hidrocarburos, esto al admitir a trámite un amparo promovido por empresas distribuidoras de combustibles al considerar que la nueva legislación otorga a Petróleos Mexicanos una ventaja desleal.
La interrupción provisional en la aplicación del artículo 57 de la ley es el resultado de 54 amparos interpuestos hasta ahora en contra de la nueva legislación, sostuvo por su parte Beatriz Marcelino, directora de Grupo Ciita, empresa especialista en el sector energético.
El juicio fue solicitado por diversas compañías, entre ellas Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc , Distribuidora de Combustibles Mil y la particular Dalia Pilar Lamarque Picos en contra de la legislación promulgada apenas el 4 de mayo, la cual regresó a la empresa productiva del Estado el control del mercado de combustibles.
Las razones
Gómez Fierro expuso que este precepto otorga una ventaja competitiva para ciertos participantes del sector, circunstancia que vulnera el derecho fundamental a la libre competencia económica y concurrencia tutelado por la Constitución, aunado a que este tipo de ventajas también podría abonar a que Petróleos Mexicanos retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo que sin duda implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector
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El juzgador, quien también ha otorgado suspensiones contra la Ley de la Industria Eléctrica y el Patrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, dio a su decisión efectos generales, pues argumentó que de lo contrario se permitiría un trato de privilegio para las quejosas, ya que serían las únicas permisionarias a las que no se les aplican los supuestos de revocación que se encuentran previstos en los artículos transitorios que, en apariencia, resultan ser inconstitucionales
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Además de dejar sin efectos el artículo 57 –en el que se establece que en caso de encontrar irregularidades o incumplimientos en los permisos la autoridad podrá llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión de las instalaciones de un permisionario a fin de garantizar los intereses de la Nación–, la suspensión provisional también tienen efectos en los artículos cuarto y sexto transitorios, por lo menos hasta el viernes próximo, cuando se efectuará la audiencia constitucional del juicio y Gómez Fierro decidirá si se hace de forma definitiva.
Cancelarían 125 permisos para comercialización
Por su parte, Beatriz Marcelino adelantó, además, que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) tiene ya previsto cancelar 125 permisos.
La CRE dio a conocer en su última sesión que tiene un proyecto de acuerdo para la revocación de 125 permisos para distribuir, de los cuales todavía no se han publicado porque se les va a notificar a cada una de las comercializadoras por medio de oficialía de partes electrónica
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La directora de Grupo Ciita señaló que si la resolución es favorable para los promotores de los juicios de amparo podría llegar a derogarse el artículo 57 de dicha ley, y detalló que hay registro de otros 100 juicios de amparo adicionales, pero que muchos de los permisionarios no los quieren interponer para evitar represalias, esto en un universo de 13 mil gasolinerías, 600 permisos de comercialización y 8 mil regulados para distribuir gas licuado propano y natural.
A su vez, el especialista en temas energéticos y económicos Ramsés Pech Razo, planteó la interrogante: ¿En el caso de haber un amparo o una solicitud de mediación por la parte de los jueces, la CRE y la Secretaría de Energía, de dónde tomarán el recurso para operar cada instalación y quién asumirá los costos de las pólizas y seguros en caso de un accidente?
Gómez Fierro requirió a la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle, para que en tres días publique en el Diario Oficial de la Federación el aviso de que la Ley de Hidrocarburos quede temporalmente sin efectos debido a la suspensión.