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Por muerte de preso con Covid-19, CNDH emite recomendación
 
Periódico La Jornada
Martes 6 de abril de 2021, p. 11

Las autoridades penitenciarias federales no brindaron atención médica adecuada a un prisionero con síntomas de Covid-19 en el penal de máxima seguridad de El Altiplano, lo que ocasionó su muerte.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que se vulneraron prerrogativas a la vida de la víctima, a la protección a la salud y a la seguridad jurídica.

El organismo emitió la recomendación 10 /2021 dirigida al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, José Ángel Ávila Pérez, en la que advirtió que las autoridades del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) uno, en Almoloya de Juárez, estado de México, no realizaron las acciones adecuadas para proteger la salud del interno y se puso también en riesgo al resto de la población penitenciaria.

En el documento de 32 páginas y en el que se hacen 10 recomendaciones, se recordó que el 22 de julio de 2020 la CNDH recibió la queja de una persona de que a la víctima no se le brindó atención médica especializada para la diabetes, hipertensión arterial y agrandamiento del corazón que padecía; además, las autoridades de ese centro penitenciario omitieron informar que presentaba síntomas de Covid-19

Tras el análisis del caso, el organismo presidido por Rosario Piedra acreditó que la atención otorgada a los síntomas que presentó el recluso (malestar general, fiebre, artralgia, mialgias, rinorrea y diarrea constituyeron una manifestación de Covid-19) no fue la adecuada.

Agregó que autoridades del Cefereso debieron aislar al paciente, efectuar estudios clínicos para confirmar o descartar la enfermedad y notificarlo a la Secretaría de Salud federal o a la autoridad sanitaria, mantenerlo en observación, proporcionarle tratamiento farmacológico y cuidados para garantizar su salud y, de ser necesario, solicitar su ingreso a un hospital público.

La CNDH solicitó al titular del organismo reparar integralmente el daño causado a la víctima indirecta, incluyendo el pago de una compensación económica, inscribirla en el Registro Nacional de Víctimas y proporcionar atención sicológica y tanatológica a los familiares, así como colaborar en las indagatorias del caso y sancionar al personal responsable, entre otras recomendaciones.