Opinión
Ver día anteriorJueves 31 de diciembre de 2020Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
 
AGENDA JUDICIAL
La importancia del testamento en tiempos de Covid-19
D

entro de la pandemia conocida actual, no puedo prever, por más precauciones, quién será la próxima pérdida de vida humana, pero sí disponer de mis bienes y obligaciones para después de mi muerte.

La única forma de hacerlo en circunstancias normales y en época de pandemia, es a través de un testamento público abierto, el cual puede ser otorgado por cualquier persona a partir de los dieciséis años ante notario público en pleno uso de sus facultades mentales, de forma libre y siendo su voluntad otorgarlo.

El tema muerte, siempre es una cuestión de la que no queremos hablar; sin embargo es algo que tenemos la certeza pasará, quitémosle la etiqueta de muerte inminente al otorgar un testamento.

No dejemos que sobre nuestras pertenencias y cuidado de nuestros menores tomen decisiones terceras personas.

Es importante señalar que, por disposición de ley, nuestro patrimonio y el cuidado de nuestros hijos nunca se queda a la deriva.

Un Juez y/o notario son quienes por disposición de ley están facultados en sucesión intestamentaria a designar herederos, albaceas, tutores y curadores.

No olvidemos que existe la posibilidad que terceros (no familiares) se queden de manera transitoria o definitiva con la posesión de nuestros bienes por no hacer un testamento. ¿Valdrá la pena tanto esfuerzo en vida para dejarlo a la deriva?

En un Testamento, plasmaré mi voluntad y designaré herederos, legatarios, tutores y curadores a quienes yo desee, sin importar si es mi familiar o no.

El testamento público abierto se puede otorgar con cualquier notario de la República Mexicana sin importar que no sea del estado donde vivo o donde están los bienes. Si no conozco a ningún notario o estoy ante una situación de suma urgencia, el Colegio de Notarios de la Ciudad de México cuenta con guardias.

Una carta escrita y firmada de puño y letra por la persona enferma, y/o con huella digital, que pretenda designar beneficiarios y/o cumplir obligaciones póstumas, no tiene ninguna validez.

Mientras en materia sanitaria todos estamos atentos, quien tiene bienes y familiares también debe tomar las precauciones necesarias para el inevitable escenario de la propia muerte, con Covid o sin él.