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Ratifica TEPJF sanción a funcionario por usar el nombre del Presidente en cartas del IMSS
 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de noviembre de 2020, p. 22

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que ni Andrés Manuel López Obrador ni el director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo, cometieron ilícito electoral alguno por la distribución de cartas a beneficiarios del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, en las que aparece el nombre del mandatario, pero el titular de la Coordinación Técnica de Difusión del Seguro Social, Jehú Sánchez García, sí incurrió en uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada al incluir en las misivas el nombre del jefe del Ejecutivo.

Al resolver quejas de PAN, PRI y PRD, los magistrados ratificaron la resolución de la sala especializada del TEPJF y desestimaron los argumentos de los partidos contra la exoneración del Presidente, Robledo y otros altos funcionarios, porque no aportaron pruebas para acreditar que participaron en el diseño, elaboración o difusión de las misivas.

El 30 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE dictó medidas cautelares para suspender la distribución de las misivas. El 10 de julio, la sala regional especializada del TEPJF declaró que hubo promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, y señaló como responsable a Sánchez García. Al impugnar la resolución, los partidos citados señalaron que el presidente López Obrador y el director del IMSS de cierta forma avalaron el contenido y consintieron en su difusión al estar presentes en la conferencia de prensa matutina del 23 de abril en la que se dieron a conocer los escritos.

En otro asunto, la mayoría de los magistrados decidió no desechar el recurso de apelación de Pío López Obrador, quien pide que se suspenda en el Instituto Nacional Electoral (INE) la investigación que se le sigue por recibir recursos económicos para las campañas de Morena en 2015, dado que a su parecer el asunto ya prescribió.

Contra la propuesta inicial de desecharlo, elaborada por el magistrado Indalfer Infante, argumentaron que la decisión del INE de investigarlo involucra actos intraprocesales que sí impactan en la esfera jurídica del denunciado al trastocar sus derechos. El asunto fue remitido a otro magistrado, de acuerdo con el reglamento del tribunal.