Deja sin efecto resolución de inconstitucionalidad del artículo 142
Miércoles 26 de junio de 2019, p. 12
La Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), lograron que –en una decisión inédita– el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dejara sin efecto la declaratoria de inconstitucionalidad (que había decretado días atrás) del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, y con ello ya no se obliga a que el Ministerio Público Federal deba solicitar autorización judicial para obtener información financiera de personas morales o físicas.
Asimismo, establecieron que es constitucional que una persona pueda ser acusada de defraudación fiscal quien no presente durante 12 meses su declaración fiscal.
Ayer, durante la sesión de Pleno, por mayoría de siete votos y con base en una jurisprudencia del máximo tribunal que establece que los involucrados en un juicio se pueden desistir en cualquier momento del proceso jurídico –siempre y cuando no se haya dictado sentencia definitiva–, dejó sin materia el juicio de amparo en revisión 1762/2018, en el que se había hecho la declaración de inconstitucionalidad del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
De esta manera, tanto la FGR como la SHCP perderían solamente el juicio de amparo por el cual inició toda la discusión sobre la inconstitucionalidad de obtener información financiera de una persona moral o física sin autorización judicial.
Con ello, se mantienen vigentes los juicios y carpetas de investigación ya iniciados en los cuales el Ministerio Público de la Federación corría el riego de que le declararan ilegales las pruebas solicitadas a la Unidad de Inteligencia Financiera o del Servicio de Administración Tributaria, sin que existiera orden judicial.
La ministra Norma Lucía Piña señaló durante la discusión que el caso resultó sui generis y que la jurisprudencia obligaba a la Corte a declarar procedente los desistimientos presentados.
En contra votaron los ministros Javier Láynez, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez y Luis María Aguilar Morales, este último expresó su inconformidad argumentando que no se trata de que vengan aquí a hacernos consultas y a ver cómo les va pareciendo el asunto y conforme van resultando las votaciones, se van desistiendo, porque ya resolvieron su consulta y, aunque no les haya sido favorable, ya resolvieron el asunto que les interesaba
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