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La medida aplicará en septiembre

Reportarán a SHCP operaciones con criptomonedas por más de $54 mil
 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de junio de 2019, p. 23

A partir del próximo 10 de septiembre las plataformas de intercambio de criptomonedas que operen en México como Isbit, Bitso, Volabity, Localbitcoins y Mexbt, entre otras, deberán de reportar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las transacciones con monedas virtuales que rebasen un monto equivalente a 54 mil 496.05 pesos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Esta medida es adicional a la iniciativa que impulsa la fracción parlamentaria de Morena en el Senado para incluir en la lista de personas políticamente expuestas a futbolistas y cantantes.

A este respecto , Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), detalló que se trabaja conjuntamente con el área de auditorías de actividades vulnerables del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Explicó que el tema de las personas políticamente expuestas es uno de los elementos que se están presentando en la iniciativa de Morena a efecto de tener un mejor control y cumplir con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI).

“Esto implica que todos los sujetos obligados por la Ley tengan conocimiento de quienes son las personas políticamente expuestas. En el caso de futbolistas y artistas no ha habido ningún pronunciamiento o iniciativa al respecto y estamos todavía en espera de que el Congreso los incluya.

En este momento la ley no lo reconoce, aclaró el funcionario.

Por otro lado, según la normatividad que entrara en vigor a principios del tercer trimestre de este año, las actividades como el ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las entidades financieras, que se lleven a cabo mediante plataformas electrónicas, digitales o similares, que administren u operen, facilitando o realizando operaciones de compra o venta de dichos activos propiedad de sus clientes o bien, provean medios para custodiar, almacenar, o transferir activos virtuales deberán reportarlo a las autoridades financieras del país.

Se entenderá como activo virtual toda representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo por medios electrónicos.

Serán objeto de aviso ante la Secretaría de Hacienda cuando el monto de la operación de compra o venta que realice cada cliente de quien efectúa la actividad vulnerable sea por una cantidad igual o superior al equivalente a 645 unidades de medida y actualización (UMA).

De esta manera, tomando en cuenta que el valor vigente para 2019 de la UMA es de 84.49 pesos, ya considerando el salario mínimo vigente y en la zona de la franja fronteriza del norte del país, el monto es equivalente a 54 mil 496.05 pesos.

En el futuro y en el caso de que el Banco de México reconozca activos virtuales en términos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, las personas que provean los medios deberán obtener las autorizaciones correspondientes en los plazos que señale el Banco de México en las disposiciones respectivas.

Entre las monedas virtuales que se comercializan en más de 32 países destacan el Bitcoin que este miércoles tenía un valor de 158 mil 527 pesos; el Ethel con una cotización de 4 mil 999.90 pesos; Ripple, 7.73; Lite, 2 mil 725; Bitcoin Cash, 7 mil 736.99, y Trueusd, a 19.18 pesos.