Sociedad y Justicia
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Confirman hoy la prohibición de uniones infantiles
 
Periódico La Jornada
Martes 30 de abril de 2019, p. 31

Una de cada cinco mujeres en México se casa antes de cumplir 18 años, con lo que adquieren legalmente obligaciones de adulta, ven diluidos sus derechos humanos de niños y se agudiza su estado de vulnerabilidad. Lo anterior condujo al Congreso federal a proscribir el matrimonio infantil. Ahora sólo será posible al cumplirse la mayoría de edad.

La Cámara de Diputados avalará hoy en sus términos la minuta del Senado que reforma el Código Civil Federal en materia de matrimonio infantil. Tal modificación partió de una iniciativa de David Monreal cuando era senador, quien argumentó la urgencia de proteger los derechos y garantías de niños y adolescentes.

El Senado, promotor de la modificación al Código Civil, refiere que la proporción de adolescentes casadas es de una entre cada cinco mujeres; 73 por ciento de las niñas casadas dejan o son obligadas a abandonar sus estudios para dedicarse al hogar, y niñas casadas sufren 49 por ciento más violencia física, así 68 por ciento más de tipo sexual.

La mayoría de las niñas casadas pueden contraer matrimonio desde los 14 años y los varones desde los 16, con el consentimiento de los tutores.

Al emanciparse, adquieren legalmente las obligaciones de un adulto. Por tanto, los tratados internacionales más progresistas han recomendado a los estados prohibir el matrimonio infantil, y establecido la edad mínima de 18 años para contraerlo.

El matrimonio que involucra a niñas y niños, así como a adolescentes, pone en riesgo sus vidas; no obstante, las niñas que son presionadas para contraer matrimonio a menudo quedan embarazadas siendo adolescentes, lo que aumenta el riesgo de que se presenten complicaciones durante el embarazo o el parto. Estas complicaciones son la principal causa de muerte entre las de mayor edad.

Con información de la Unicef, senadores y diputados se allanaron a la idea de preservar la integridad de las niñas, niños y adolescentes, mediante la armonización de la norma.

Así, en lo tocante a la legislación mexicana, que permite el matrimonio infantil, suprime o limita el goce y el ejercicio de los derechos humanos de los niños. Por tal razón el Estado tiene la obligación de legislar en el sentido de los tratados más progresistas de protección de los derechos humanos de los niños y el deber de eliminar todas las normas secundarias que los contravienen.

Entre las modificaciones se prevé el requisito único de: para contraer matrimonio es necesario haber cumplido 18 años de edad; que el juez a quien se le presente una solicitud de matrimonio tendrá la facultad de corroborar que los contrayentes tengan la mayoría de edad y que éstos otorguen su consentimiento.