Miércoles 3 de abril de 2019, p. 26
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó ayer diversas disposiciones del artículo 73 de la Ley de Seguridad Social de los Servidores Públicos de Aguascalientes, por considerar que expresiones como defecto físico o psíquico
son discriminatorias, además de que hay partes de la norma que excluyen de la protección a quienes están casados o viven en concubinato con una persona del mismo sexo. Los ministros concluyeron que la fracción tercera del artículo 73, que se refiere a enfermedad crónica, defecto físico o psíquico
es discriminatoria.