No se viola el derecho al libre desarrollo
El enlace expone a las niñas a una mayor vulnerabilidad, señaló el ministro Zaldívar
Miércoles 27 de marzo de 2019, p. 32
Con esta prohibición absoluta se busca erradicar el matrimonio infantil, precoz e incluso forzado
, definió el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, luego de que el máximo tribunal validó las reformas al Código Civil de Aguascalientes.
En el segundo día de análisis de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de esa entidad, el ministro Zaldívar puntualizó que los matrimonios infantiles ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de las niñas a educación, salud, vida, libertad y autonomía.
Las niñas casadas con frecuencia abandonan sus estudios, se ven expuestas a una mayor vulnerabilidad y dependencia económica; un riesgo más alto de sufrir embarazos adolescentes, los cuales pueden implicar una amenaza a su vida; violencia y limitaciones en su libertad y autonomía
, sostuvo.
En ese sentido, dijo que la prohibición absoluta en matrimonios para menores de 18 años elimina el margen de error en que podrían incurrir los jueces al momento de otorgar dispensas.
Los ministros resolvieron que la eliminación de las dispensas para el matrimonio infantil es una restricción constitucionalmente válida, eficaz y razonable para proteger los derechos de la niñez.
Al entrar al análisis del estudio de fondo, los integrantes de la SCJN reiteraron que la eliminación de la posibilidad de otorgar dispensas –aun cuando se trate de casos graves y justificados– a menores de edad para contraer matrimonio, constituye una restricción o limitación válida al ejercicio de ese derecho.
Dicha reforma legislativa no viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad que implica la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificados, pues con esta medida se contribuye precisamente a garantizar ese libre desarrollo
, determinaron.
Al fijar su postura, la ministra Norma Piña Hernández comentó que el compromiso del Estado mexicano frente al matrimonio infantil es de prevención y de erradicación.
Por otra parte, el ministro José Franco González Salas, quien se encargó de elaborar el proyecto, concluyó que la restricción se encuentra justificada. Como ejemplo dijo que los datos del Inegi evidencian que las prácticas de matrimonios infantiles –por razones económicas, sociales o culturales– no han sido erradicadas “y por ende se justifica que los estados como Aguascalientes tomen medidas para contribuir a eliminarlas en protección de los intereses superiores del menor.
Considero que de conformidad con lo establecido en los artículos primero y cuarto de la Constitución, de acuerdo con los instrumentos internacionales en materia de protección de los derechos humanos de las y los menores de edad y acorde con la doctrina que este alto tribunal ha venido construyendo en relación con el principio del interés superior del menor, el compromiso del Estado mexicano frente al matrimonio infantil es de prevención y de erradicación
, agregó.