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Juez ordena no deportar a menores que sean parte de caravanas migrantes
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▲ Al menos 600 migrantes de diferentes nacionalidades se hallan en el gimnasio de Bachilleres, en Ciudad Juárez.Foto Cuartoscuro
 
Periódico La Jornada
Martes 19 de febrero de 2019, p. 11

Un juez federal concedió un amparo que ordena a las autoridades competentes eviten deportar a los menores de edad que hayan formado o sean parte de las caravanas migrantes que transitan por México, por el contrario, deben ser reconocidos como refugiados en el país, informó la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim).

En conferencia, esta organización celebró la resolución sin precedentes en la cual se amplía la protección a niños y adolescentes migrantes al sostener que el Estado, en particular la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), “omitió de manera colectiva el refugio para todas las niñas, niños y adolescentes que forman parte de las caravanas a través de la figura de reconocimiento prima facie prevista en la legislación”.

La magnífica y sorpresiva decisión del juez Jonathan Bass Herrera también brinda la protección a los familiares de los menores que los acompañan. El amparo fue presentado por la Clínica Jurídica para Personas Refugiadas Alaide Foppa y la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, AC.

“El reconocimiento prima facie significa que, ante una afluencia masiva de solicitantes de asilo, se hace evidente una situación que merece una protección de carácter colectivo, sin esperar al análisis individual de cada caso. Esta obligación es consistente con las reforzadas que tiene el Estado para brindar protección especial a niños, niñas y adolescentes”, explicó la Redim.

Con este fallo, todos los menores de edad que formen parte de las caravanas y manifiesten su deseo de obtener refugio en México lo tendrán preaprobado y no será necesario que se realice el trámite ordinario de probar su temor fundado de persecución.

Bass Herrera mandató a la Comar para que determine el procedimiento para la aplicación del reconocimiento colectivo de refugio en un plazo de cinco días, una vez que quede firmada la sentencia.

“Esto no significa que los menores estén obligados a solicitar refugio en México. El prima facie se encuentra sujeto a la voluntad de cada persona y al hecho de que cada una de ellas considera que tiene o no seguridad aquí. El peligro del que muchos jóvenes centroamericanos huyen transciende nuestra frontera y extiende su influencia dentro del territorio mexicano”, concluyó.