Sábado 19 de enero de 2019, p. 6
Aunque el contrato colectivo de trabajo 2017-19 firmado por Petróleos Mexicanos (Pemex) y su sindicato no menciona los convenios relacionados con la distribución de gasolina, la organización gremial mantiene mayoritariamente este control, cobijado por una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitida hace un año, así como en supuestas prerrogativas del citado contrato colectivo, indicaron fuentes del sector.
En 2013, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó a Pemex (con 1.6 millones de pesos) y Pemex-Refinación (con 651.6 millones) por obligar a las gasolineras a contratar el traslado de combustibles de las terminales de almacenamiento y reparto a las estaciones de servicio con pipas operadas por personal sindicalizado.
Ordenó a la paraestatal (hoy empresa productiva del Estado) suprimir esa práctica por significar un abuso de una posición dominante en el mercado, así como un impacto negativo por 187.5 millones de pesos a 573 estaciones de servicio.
La empresa y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) interpusieron recursos legales para mantener vigente la práctica. Si bien no encontraron eco en juzgados, sí tuvieron el beneficio de los ministros de la Suprema Corte que anularon la multa.
Durante el litigio, la comisión argumentó que al ser Pemex-Refinación el único vendedor de los combustibles en el país ejerció su poder de mercado para impedir a los franquiciatarios (gasolineras) contratar al prestador de servicio de transporte de gasolina que mejor les convenga.
Los demandantes señalaron que el traslado de combustibles forma parte del área estratégica reservada de manera exclusiva al Estado y, por tanto, no puede tratarse de práctica monopólica.
En respuesta, la Cofece aseguró que la actividad después de la venta de primera mano del combustible deja de ser un área estratégica, porque ya está en manos de particulares.
El manto del contrato colectivo establece, en efecto, que son objeto del convenio “todos los trabajos y actividades que Pemex y sus empresas productivas subsidiarias realicen en la República Mexicana para la operación, mantenimiento, distribución y transporte en la industria y los lleven a cabo con sus propios medios y trabajadores.
Igualmente, aquellos trabajos y actividades que Pemex y sus empresas realicen con sus trabajadores, al servicio de otras empresas o en sociedad.
Lista de prerrogativas
Pero la operación de la mayoría de pipas para el traslado a las gasolineras es sólo parte de una extensa lista de prerrogativas del sindicato petrolero. Pemex da al comité ejecutivo general, encabezado por Carlos Romero Deschamps, 7.8 millones de pesos mensuales tan sólo para el pago de sus oficinas y transporte de sus integrantes
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La empresa paga todos los gastos gremiales incluso para que los comisionados vayan a asambleas.
El contrato ordena que el patrón pague los salarios, prestaciones, víaticos, ayuda para transporte y gastos conexos foráneos a 73 funcionarios del comité ejecutivo general que incluye asesores sindicales y consejo general de vigilancia; 90 integrantes de las comisiones nacionales mixtas, 158 comisionados nacionales y 12 comisionados adscritos directamente a las órdenes del secretario general del STPRM
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También pagará todo lo anterior –se agrega– a comisionados y funcionarios sindicales que, en conjunto, suman 950 trabajadores.