Miércoles 15 de agosto de 2018, p. 33
La iniciativa de ley de capitalidad y coordinación entre poderes federales y locales en la Ciudad de México que enviará el próximo Congreso de la Ciudad de México a la Cámara de Diputados obliga a la Federación a transferir recursos para apoyar su carácter de capital de la República, y no exime a los inmuebles propiedad del gobierno federal y las entidades del pago de contribuciones y servicios públicos.
Establece que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia las instituciones de seguridad pública federales u otra autoridad, institución o cuerpo de carácter federal podrán asumir funciones relativas a la seguridad pública competencia de la Ciudad de México
y plantea la creación de una comisión de capitalidad
como instancia permanente de coordinación y deliberación de los asuntos de esta materia y un consejo consultivo en el que se garantizará la participación de la sociedad.
El Congreso de la Unión debió aprobar esta ley para que entrara en vigor junto con la Constitución Política de la Ciudad de México, el próximo 17 de septiembre, fecha en que se instalará también la primera legislatura del Congreso capitalino; sin embargo, quedó pendiente junto con otras señaladas en el decreto que contiene las modificaciones a la Constitución federal en materia de Reforma Política de la Ciudad de México publicada en 2016.
La iniciativa de ley de capitalidad, elaborada por el senador Alejandro Encinas, diputado electo al Congreso local y ex constituyente de la Ciudad de México, será la primera con que el Congreso capitalino estrenará su facultad de iniciar leyes y decretos ante el Legislativo federal.
Esto lo anunció la bancada de Morena al presentar los ejes de su agenda para el primer periodo ordinario de sesiones del primer año de la legislatura, en su reunión plenaria en un salón de la Cámara de Diputados.
El proyecto de ley de capitalidad establece que los recursos que asigne la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Fondo de Capitalidad serán destinados a atender las necesidades de infraestructura y servicios públicos de la capital, tienen carácter de irrenunciables, inembargables y no podrán retenerse.