Viernes 13 de julio de 2018, p. 10
La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) encontró responsabilidad en el gobernador de Hidalgo, Omar Fayad Meneses, de haber pagado publicidad en redes sociales para difundir un mensaje personal en el que cuestionaba propuestas del entonces candidato presidencial Ricardo Anaya y de calumniarlo acusándolo de lavado de dinero. Por ello, dio vista al congreso del estado para que determine la sanción correspondiente.
Los magistrados también impusieron una multa de 322 mil pesos al Partido Revolucionario Institucional por hacer uso indebido de la pauta de radio y televisión al difundir anuncios de campaña cuyo contenido calumniaba a la ahora senadora electa Nestora Salgado, asociándola a prácticas de secuestro. Ello colocó en una situación de desventaja o vulnerabilidad afectándola en su imagen.
El promocional de marras incluye las acusaciones que hiciera el entonces candidato tricolor a la Presidencia, José Antonio Meade, a Salgado a quien describió como una secuestradora y en el mensaje acota: que no gobiernen los delincuentes. Sin embargo, en las pruebas aportadas por Morena para promover el recurso se incluyen las resoluciones judiciales que exoneran a Salgado de dicho delito, por lo que se tipificó la calumnia al incluir este contenido en el promocional.
Al resolver la impugnación promovida por el PAN contra Fayad Meneses, se corroboró que en las cuentas de redes sociales del gobernador –donde se le acredita en ese carácter– adquirió publicidad para divulgar sus objeciones a propuestas de campaña de Anaya. En especial, descalificaba la creación de una fiscalía especial para investigar al presidente Enrique Peña Nieto.
La adquisición de esta publicidad para promover mensajes de un funcionario público en contra de un candidato en pleno proceso electoral contraviene las obligaciones de preservar la neutralidad en su comportamiento y en el ejercicio de los recursos públicos.
Confirmaron que Fayad Meneses contravino las restricciones establecidas en el artículo 134 constitucional. Sin embargo, ante la carencia de facultades de la sala especializada de sancionar funcionarios públicos se dio vista al Congreso del estado
La sala especializada exoneró a Anaya de calumniar al empresario José María Rioboo, a quien acusó de tener trato privilegiado por parte del gobierno de Ciudad de México durante la gestión de Andrés Manuel López Obrador. Se determinó que los cuestionamientos realizados por Anaya durante el tercer debate entre candidatos presidenciales no se incurrió en calumnia, pues no se imputó ningún acto de corrupción.