Caso normalistas de Ayotzinapa
El tercer tribunal unitario deberá analizar si es procedente o no dar cumplimiento a la sentencia
Sábado 23 de junio de 2018, p. 13
La Procuraduría General de la República (PGR) informó al tercer tribunal unitario, con sede en Tamaulipas, que tiene imposibilidad real, jurídica y material
para cumplir la sentencia en la cual se ordena crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).
El asunto podría llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en caso de que los tribunales consideren que la PGR incumplió una sentencia de amparo; ello no significa que se vaya a modificar la sentencia dictada, pero sí una posibilidad de que se sancione al titular del Ministerio Público Federal o se confirme que no existen las condiciones para establecer la Comisión de Investigación.
El primer tribunal unitario ordenó dar vista a las partes para que en un plazo de tres días presenten sus alegatos ante lo señalado por el Ministerio Público Federal, luego de que ayer la PGR presentara un documento en el que señala su imposibilidad para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el primer tribunal colegiado con sede en Tamaulipas.
De esa manera, el tercer tribunal unitario deberá analizar si es procedente o no dar cumplimiento a la sentencia en la cual se ordena la creación de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), y se realicen de nueva cuenta las indagatorias relacionadas con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida en septiembre de 2014.
En la sentencia dictada el pasado 4 de junio, se desacreditan las versiones oficiales presentadas por el gobierno federal en el sentido de que los jóvenes habrían sido asesinados e incinerados en el basurero de Cocula, Guerrero, y las cenizas arrojadas al río San Juan, lo que en su momento las autoridades federales se empeñaron en llamar la verdad histórica
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En la resolución dictada por el tercer tribunal colegiado se señala: Está claro que el éxito de dicha comisión será también el éxito del propio Estado, y de sus instituciones, pero sobre todo, constituirá la materialización de la verdad y la justicia, en el marco del estado de derecho que debe prevalecer en todo país democrático, como el nuestro
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Asimismo, la sentencia refiere que la desaparición de los 43 normalistas constituye un hecho sin precedentes, y ello da lugar a adoptar medidas y determinaciones que quizás tampoco encuentran antecedente en la historia moderna de nuestro país
, por ello ordena que se cree la comisión de investigación.
Sin embargo, los procuradores del país emitieron el pasado jueves un pronunciamiento en el cual señalaron que la resolución del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, es una clara contravención al texto constitucional, pues vulnera el principio de Supremacía Constitucional, el principio de reserva de ley, el principio de separación de poderes, y desborda los efectos que corresponden al juicio de amparo, trastocando la esencia del Ministerio Público
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