Jueves 7 de junio de 2018, p. 5
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los árbitros profesionales no son empleados de la Federación Mexicana de Futbol (FMF), ya que prestan servicios por honorarios. Lo anterior al resolver un amparo en revisión en el cual se solicitaba que la FMF reconociera derechos laborales de un silbante. El arbitro de Segunda División exigía el cumplimiento de su contrato individual de trabajo consistente en la reinstalación en su empleo, indemnización constitucional, aguinaldo y prima vacacional, inscripción retroactiva a los Institutos mencionados, así como diversas prestaciones con motivo del despido injustificado del que dijo fue objeto. Sin embargo, la FMF señaló que no existió relación laboral con el reclamante, pues en su opinión éste sólo era un afiliado. Ante las pruebas aportadas, la SCJN determinó no otorgar el amparo de la justicia federal al arbitro demandante.