Invadió el Legislativo estatal competencia del Congreso de la Unión
Viernes 1º de junio de 2018, p. 31
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales varias disposiciones del artículo 15 del Código Penal de Chiapas relacionadas con los delitos de tortura, desaparición forzada, trata, secuestro y narcomenudeo, que eran tipificados como graves y para algunos se autorizaba la prisión preventiva oficiosa.
La SCJN consideró que el Congreso local invadió la competencia del Legislativo federal en estos asuntos. Los delitos señalados no desaparecen de la norma estatal: sin embargo, para juzgar a quienes los cometan deberán aplicarse las leyes generales.
El máximo tribunal del país resolvió una acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la República (PGR), que demandó invalidar las reformas al Código Penal del estado, que ya fueron publicadas en el Periódico Oficial de Chiapas el 21 de septiembre de 2015.
La PGR argumentó que el Congreso de Chiapas legisló en materias que son competencia del Congreso federal y calificó de graves los delitos de tortura, desaparición forzada, trata, delitos contra la salud y secuestro, y clasificó como delitos de prisión preventiva oficiosa el secuestro, la desaparición forzada y la tortura, antes de que se promulgaran las leyes que sancionan a escala nacional los actos de tortura, así como la desaparición forzada.
El proyecto, presentado por el ministro Arturo Zaldívar, fue avalado por unanimidad.