Desecha recursos de PRI, PRD y Morena; el INE actuó según sus facultades
, señala
Considera parcialmente fundado agravio sobre ilegalidad de la regulación de visitas de verificación
Jueves 11 de enero de 2018, p. 12
Con sólo dos modificaciones que ordenó realizar a la brevedad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se fijaron reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se considerarán de precampañas durante el proceso comicial en marcha.
Al resolver impugnaciones de PRI, PRD y Morena al mencionado acuerdo, con el argumento de que el INE se extralimitó en sus facultades y no fundamentó correctamente su sentido, el TEPJF señaló que el instituto actuó conforme a sus facultades, al tiempo que los cambios introducidos no fueron sustanciales o fundamentales en alguna de las etapas de los procesos electorales o de la aplicación del modelo fiscalizador.
Sin embargo, aunque respaldó casi en sus términos dicho acuerdo, consideró parcialmente fundado el agravio relativo a la ilegalidad de la regulación de las visitas de verificación.
Para los magistrados, la Unidad Técnica de Fiscalización no cuenta con la atribución para otorgar fe pública a los servidores públicos que la representen para asistir a los actos de los precandidatos. Por tanto, ordenó modificar el artículo 8, párrafo 5, del acuerdo impugnado, para efecto de suprimir la frase “con fe pública para asistir…”.
En este contexto, al argumentar en favor del sentido del proyecto de resolución, el magistrado José Luis Vargas señaló que el conjunto de normas que proponía dejar firmes tienen como finalidad buscar la transparencia y el origen lícito de los procesos de fiscalización del gasto en las precampañas, exceptuando la disposición pública que se está proponiendo modificar
, con lo que se fortalece el sistema de verificación de gastos electorales.
Mencionó esto respecto a las recientes críticas que ha sufrido o recibido este tribunal, en el sentido de que, mediante nuestras resoluciones en la materia, no estamos fortaleciendo el proceso de fiscalización; me parece que este caso demuestra lo contrario
.
Por otro lado, confirmó la designación con carácter temporal de Tania Gisela Contreras López como consejera presidenta provisional del Instituto Electoral de Tamaulipas, aunque al mismo tiempo ordenó la modificación de la convocatoria que emitió el INE para la nueva integración del Organismo Público Local Electoral, porque se incluyen esquemas de designación no sustentados en las disposiciones legales.