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Valida la SCJN normas electorales de QR
 
Periódico La Jornada
Miércoles 6 de diciembre de 2017, p. 31

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 143/2017, promovida por Morena en contra de la Constitución de Quintana Roo, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la disposición que sanciona a los partidos políticos con la pérdida del registro de todos sus candidatos si no respetan la paridad de género, y también declaró legal el requisito de 10 años de residencia para quienes busquen ser gobernadores y no hayan nacido en la entidad. Por otra parte, invalidó disposiciones electorales para el estado publicadas el 21 de septiembre de este año, relacionadas con el procedimiento para cubrir las vacantes absolutas en fórmulas de diputados elegidos por mayoría relativa, por considerar que se violaban los principios de legalidad y certeza, así como el principio de mayoría relativa. Asimismo, se invalidó lo relativo a la forma en que deberá aparecer el emblema de las coaliciones en las boletas electorales.