Les suspendió derechos por suscribir acuerdo impulsado por AMLO
Viernes 17 de noviembre de 2017, p. 15
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó ayer las sanciones impuestas a Pablo Gómez, ex dirigente del PRD, y a otros cuatro militantes de ese partido, cuyos derechos partidistas fueron suspendidos 30 días por haber suscrito un acuerdo impulsado por Andrés Manuel López Obrador, dirigente nacional de Morena.
Esta decisión también involucra a Héctor Yescas Torres, Víctor Hugo Romo Guerra, Dorisol González Cuenca y Carlos Sotelo García.
En su sesión, los magistrados de la sala superior determinaron que cuando se dictó este castigo no se encontraba integrado ningún expediente contra estos perredistas, tarea que además correspondía al Comité Ejecutivo Nacional (CEN), no a otra instancia.
Solo el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón votó en contra, al considerar que sus pares no tomaron en cuenta que la Comisión Jurisdiccional aportó elementos para dar inicio al procedimiento contra dichos políticos.
En otro tema, la sala superior ordenó restituir como magistrado electoral y pagarle salarios de dos años a Jorge Montaño Ventura, quien fue desaforado porque se le abrió una causa penal.
Seis magistrados votaron en favor y uno en contra, con el argumento de que fue absuelto en un juicio por el delito de fraude.
Tanto el Senado de la República como el Congreso de Tabasco se habían negado a regresarlo a su puesto, pero la sala superior intervino, al argüir que con ello garantiza la independencia de los juzgadores en materia comicial, basada en la permanencia en el cargo por el tiempo de la designación y la seguridad económica.
Montaño fue acusado de haber participado –como consejero electoral local– en la compra de un edificio con daños estructurales, por un monto de 32.6 millones de pesos en 2011, pero que al ser valuado por el Congreso de Tabasco se determinó que su costo real fue de 17 millones. Su desafuero fue decidido por 20 votos en favor de la mayoría perredista, ocho de los priístas en contra y una abstención del Partido Verde Ecologista de México.
La única voz disidente fue la de Felipe Fuente Barrera, quien votó porque se le asignara un puesto similar, pero no regresara al cargo, dado que el Senado emitió una convocatoria para nombrar a un nuevo magistrado, luego de que el sustituto de Montaño concluyó el encargo.
También autorizaron que los diputados puedan hacer proselitismo en sus redes sociales en favor de algún candidato, al revocar la determinación emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) contra el legislador local priísta Jesús Pablo Peralta García, por usar indebidamente recursos públicos y no ser imparcial.
El PAN lo denunció por haber difundido en Facebook dos videos que grabó en las instalaciones del Congreso local, en los cuales divulgaba la plataforma electoral de Alfredo del Mazo Maza, entonces abanderado del PRI a gobernador, y solicitaba sufragar por él.
Los magistrados señalaron que la manifestación de un diputado en favor o en contra de un partido político o candidato en redes sociales se puede hacer, siempre y cuando no esté involucrado el uso de recursos públicos ni se ejerza presión o condicionamiento del voto.