Pese a aval federal, el fallo se impugnó: Profepa
Legal, deslinde de Fonatur por desmonte en Tajamar
Lunes 7 de agosto de 2017, p. 36
La sala especializada en materia ambiental y de regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa señaló que fue legal la resolución emitida por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) respecto de que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) no había cometido una infracción ambiental al remover vegetación en la laguna de Tajamar, en Cancún, Quintana Roo.
Lo hizo al amparo de una autorización ambiental emitida una década antes para la construcción de un muelle en una zona de manglar
, explicó la Profepa en un comunicado. Agregó que no obstante que el 30 de mayo de 2016, la dirección general de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la procuraduría ambiental así lo determinó, esta resolución fue impugnada por organizaciones ecologistas.
Recordó que en este caso sancionó a la empresa Bi & Di Real Estate de México, con 6.6 millones de pesos, tras encontrarla responsable de remover vegetación forestal en predios del malecón Tajamar, sin contar con las autorizaciones correspondientes para esa acción.
Precisó que esta resolución es independiente del pronunciamiento que formuló un tribunal colegiado de circuito en Quintana Roo, al conceder un amparo a un grupo de ciudadanos en contra de la autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales , así como el mandato de reparar los daños ambientales ocasionados en el predio.