Cometió múltiples errores procesales
Lunes 3 de julio de 2017, p. 6
La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) declaró anoche inexistente
e ilícita
la huelga del Sindicato Independiente de Trabajadores de La Jornada (Sitrajor), bajo varias causales: la primera, que no se suspendieron las labores con abandono de instalaciones, ya que un inspector dio fe de que trabajadores seguían laborando en la hora y la fecha en que se colocaron las banderas rojinegras.
La resolución señala que también hubo falta de legitimación del proceso por parte de la representación sindical, debido a que el Sitrajor no convocó legalmente a asamblea extraordinaria, y en el proceso de votaciones que llevó a cabo no obtuvo la mayoría legal del total de sindicalizados en favor del cierre de la empresa.
Es decir, el Sitrajor no cumplió con los requisitos de procedencia y procesales de la ley
, señala la resolución de la JLCA.
Anoche, un actuario de la JLCA se presentó cerca de las 24 horas de este domingo afuera de las instalaciones del diario para entregar la notificación al comité ejecutivo del Sitrajor.
De igual manera, entregó el documento a los representantes de Demos, Desarrollo de Medios SA de CV –empresa editora de La Jornada– sobre la resolución de la JLCA.
En la argumentación, las autoridades señalan que no existe objeto de la huelga, ya que no cumple con lo establecido en el artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo
, que se refiere a que la demanda de los trabajadores debe buscar el equilibrio entre los factores de la producción y armonizar los derechos del trabajo con los del capital.
La cuarta causal para declarar ilegal el paro es que el sindicato ejerció violencia contra los empleados, ya que dejó encerrado a un número importante al poner candados en los accesos de la empresa, dejando trabajadores privados de su libertad, hecho violento que tiene consecuencias penales
.
Cabe señalar que trabajadores sindicalizados iniciaron el paro de labores el pasado 30 de junio a las cinco de la tarde, aun cuando la JLCA emitió un laudo –el 31 de mayo– en el que determinó que el contrato colectivo de trabajo firmado entre Demos y Sitrajor hace financieramente inviable
la empresa.