Se aprobó por unanimidad; subsana lagunas en el concepto de legítima defensa: diputados
Miércoles 31 de mayo de 2017, p. 29
Monterrey, NL.
El Congreso de Nuevo León amplió el concepto de legítima defensa en el Código Penal para dar certeza jurídica a las personas que se defiendan de un agresor e incluso le den muerte cuando allane su domicilio.
Los diputados adujeron que buscan actuar en favor de las víctimas, pues los abogados de los asaltantes suelen alegar excesos de las personas que se defienden.
Antes las víctimas debían demostrar que dañaron al intruso en legítima defensa; en caso de no acreditarlo, podían enfrentar cargos penales.
Aprobada por unanimidad, la modificación del artículo 17 estipula que se considerará legítima defensa cuando una persona hiera e incluso mate a otra que ingrese a un domicilio y ponga en riesgo a quienes estén dentro. Esta modificación, según los legisladores, subsana lagunas de la ley, las cuales dejaban indefensas a las víctimas de la delincuencia.
Con la reforma se pretende que, en caso de que una persona se vea en la necesidad de defender a su familia de un intruso, no se le acuse de lesiones u homicidio, como antes, sino de actuar en legítima defensa
, señaló el diputado panista Marcos Mendoza, quien promovió la reforma.
En los primeros cuatro meses de 2017, en Nuevo León se reportaron mil 81 robos a domicilio contra 855 de todo 2016. En lo que respecta al asalto a negocio, de enero a abril de este año sumaron mil 207 denuncias, contra mil 461 de todo el año pasado.