El dictamen provee herramientas legales para afectar a las comunidades originarias
Domingo 14 de mayo de 2017, p. 3
La polémica gira en torno al dictamen de ley general de aguas, porque mientras su contenido concita el respaldo de la inversión privada, representantes de organizaciones civiles y diputados de oposición la rechazan al contravenir el derecho humano al uso del líquido.
La denuncia del relator especial de la ONU para agua potable y saneamiento en torno a la carencia de acceso al líquido en las comunidades indígenas en México, se asocia a la inexistencia de una legislación que democratice el uso del recurso. El dictamen, que se encuentra en las comisiones de Agua Potable y Saneamiento y la de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados, es considerado un paso contrario al libre uso y derecho de ésta, porque alentaría la privatización de los servicios relacionados con el líquido.
Controversia
Desde la 62 Legislatura, el entonces presidente de la Junta de Coordinación Política en San Lázaro, Manlio Fabio Beltrones, identificó el nivel de controversia que contenía la propuesta y decidió posponer su perentoria aprobación. Las preocupaciones que ha generado hasta el día de hoy obstaculizan el consenso.
En marzo de 2015, pese a la oposición de los diputados del PRD y Morena, en el seno de la Comisión del Agua en la Cámara de Diputados fue aprobado el contenido del dictamen. Su impulsor, Kamel Athie Flores (PRI), presidente de la Comisión de Agua Potable y Saneamiento, sostenía como argumento principal que el texto contenía medidas de prevención de contaminación, y un cúmulo de sanciones a los inversionistas privados que transgredieran su contenido.
No obstante las diferencias de los detractores de la propuesta se asientan en los postulados de causas de utilidad pública
, que conduciría a la indefensión legal de las comunidades.
En lo particular se contempla el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros; uso de las aguas nacionales para generar energía eléctrica destinada a servicios públicos; adquisición o aprovechamiento de los bienes inmuebles que se requieran para la construcción, operación, mantenimiento, conservación, rehabilitación, mejoramiento o desarrollo de las obras públicas hidráulicas y de los servicios respectivos, así como la adquisición y aprovechamiento de instalaciones, inmuebles y vías de comunicación que tales obras requieren.
La territorialidad de los pueblos y comunidades indígenas se vería afectada, pues se concedería a los consorcios, que ya están operando y distribuyendo (y a los nuevos jugadores privados), herramientas legales para afectar a las comunidades originarias.
Así, se enuncia en el artículo 116 –de la propuesta– el trasvase como la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales trasladadas de una cuenca para ser utilizadas en una cuenca distinta con la que no haya conexión natural, que realiza la Federación, los asignatarios o los concesionarios, mediante obras de infraestructura hidráulica, para concesionarlas o para explotarlas, usarlas o aprovecharlas en un lugar distinto a la cuenca de extracción
.
La apertura al capital privado se subraya en el artículo 129: garantizar la promoción y fomento de la participación de los particulares en el financiamiento, construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica federal.
La comisión [Conagua] podrá celebrar contratos de obra pública y servicios. Otorgar concesión total o parcial para operar, conservar, mantener, rehabilitar, modernizar o ampliar la infraestructura hidráulica construida por el gobierno federal y la prestación de los servicios asociados a ésta, y otorgar concesión total o parcial para proyectar, construir, equipar, operar y mantener la infraestructura hidráulica federal y para prestar los servicios asociados a ésta.
Incluso el dictamen contempla un mínimo vital de volumen de agua para consumo personal y doméstico, serían 50 litros diarios, con los que se cubrirían las necesidades elementales de las personas por día.