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Ifetel: director del Imer no es dueño de Tecnoradio
 
Periódico La Jornada
Lunes 27 de marzo de 2017, p. 24

Ante la polémica causada por la presunta participación accionaria del director del Instituto Mexicano de la Radio (Imer), Carlos Lara Sumano, en la empresa Tecnoradio, que ganó 37 frecuencias por las que tendrá que pagar más de 280 millones de pesos, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) informó que en la documentación que le entregaron los supuestos propietarios de la compañía el funcionario no aparece como accionista y tampoco Cenobio Alfonso Amilpas Godínez, otro socio fundador.

El viernes pasado, en una entrevista radiofónica, Carlos Lara expuso que él y Amilpas Godínez crearon Tecnoradio, pero la empresa nunca funcionó. Dijo que no aportó el dinero que le correspondía por su participación accionaria y que desconocía de qué manera la compañía pasó a ser propiedad de otras personas.

El ente regulador mantuvo bajo reserva los nombres de los propietarios de Tecnoradio y argumentó que la información que revisó para otorgar la constancia de participación a esa empresa en la licitación de estaciones fue la que le aportaron los participantes, conforme a lo establecido en las bases de licitación y la ley. Agregó que las operaciones sobre la pertenencia de acciones que los propietarios hayan hecho previo al concurso son responsabilidad de ellos.

El deslinde

Las operaciones previas a la licitación sobre las acciones representativas del capital social de las empresas participantes son responsabilidad exclusiva de quienes las hayan realizado. Como se desprende de las bases de licitación, el objeto de análisis del Ifetel se centró en los accionistas de las compañías al momento de registrarse en la licitación y no en quienes lo hubieran sido en el pasado, lo que es consistente con precedentes licitatorios de este instituto, expuso.

Enfatizó que en las bases de la licitación se determinó que si la información y documentación presentadas por los participantes fueran falsas, sería causal de descalificación y se ejecutaría la garantía de seriedad.

La actuación del instituto en el procedimiento es con base en la información y documentación aportada por los participantes, conforme a las bases de licitación y la ley, cuya falsedad es causal de descalificación y la ejecución de la garantía de seriedad sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiera lugar.

Subrayó que en las bases de licitación, presentadas al público el 18 de diciembre de 2015 y aprobadas por el pleno el 14 de junio de 2016, se fijaron los requisitos que debían cumplirse.