Fue elaborada por Morena y el sol azteca en la ALDF
Obliga a resarcir daños a bienes de ciudadanos por una mala gestión
Viernes 24 de marzo de 2017, p. 42
Los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena en la Asamblea Legislativa (ALDF) concluyeron la primera iniciativa de ley de alcaldías local, en la que se dispone que los programas de gobierno de las demarcaciones territoriales deberán garantizar el derecho de los capitalinos a la buena administración, previsto en el artículo 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México.
Incluye un capítulo que obliga a las alcaldías a resarcir daños a los bienes y derechos de los ciudadanos derivados de una actividad administrativa irregular
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Retoma además la obligación de los órganos político administrativos de garantizar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos que sean de su interés, con los mecanismos que establece el texto constitucional, en materias como programas generales y específicos de desarrollo en la demarcación, la ejecución de obras públicas, presupuesto participativo, uso de suelo y en todo proyecto de impacto territorial, social y ambiental.
El documento, que se presentará al pleno la próxima semana para turnarla a la Comisión de Administración Pública Local, plantea que el consejo, como órgano colegiado integrado de manera plural en un sistema de elección que combina el principio de mayoría con el de representación proporcional, será un contrapeso para el partido político gobernante
al tener funciones de supervisión y evaluación de las acciones de la alcaldía, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos que corresponde a la demarcación.
Crear órganos de control
Adicionalmente, en materia de fiscalización se establece la creación de órganos internos de control, independientes de las alcaldías.
Entre las facultades exclusivas de los alcaldes, que derivan de la Constitución local, tendrán a su cargo el registro de manifestaciones de obra; expedir autorizaciones, permisos, licencias de construcción y demolición; de instalaciones aéreas y subterráneas, edificaciones en suelo de conservación; licencias de fusión, subdivisión o relotificación, entre otros.
Tendrán además la facultad de vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones y aplicar sanciones señalas en las normas de establecimientos mercantiles, estacionamientos, construcciones, mercados públicos, protección civil, protección ecológica, uso de suelo, servicios de alojamiento y desarrollo urbano.
En el título sobre los recursos públicos de las alcaldías, resalta el principio de autonomía presupuestal, programática y administrativa, que se fortalecerá al generar sus propios recursos derivados de actos de gobierno como las clausuras, licencias de construcción o manifestaciones de obra.